
Un accidente laboral es una de esas desagradables situaciones en las que nadie se quiere ver envuelto, pero hay casos en los que no se puede evitar. Si sufres un problema de este tipo lo que debes tener claro es que no estás desamparado, te asisten una serie de derechos que la empresa debe respetar sí o sí y además tienes derecho a percibir una indemnización que compense los daños físicos, personales y morales que hayas sufrido.
¿Qué se entiende por accidente laboral?
Es la Ley General de la Seguridad Social la que nos da una definición de este concepto. Señalando que se debe considerar como tal cualquier daño o lesión corporal que sufra un empleado a consecuencia de su trabajo.
Los tres elementos que identifican a los accidentes laborales son:
- Padecimiento de una lesión corporal.
- Que el origen sea un trabajo realizado por cuenta ajena.
- Relación de causalidad entre la lesión y el trabajo realizado.
Accidentes in itinere
Esta clase de accidente laboral merece mención a parte. Se consideran accidentes in itinere los que sufre el trabajador durante los desplazamientos de su domicilio a su lugar de trabajo y viceversa.
¿Qué indemnización te corresponde por el accidente laboral?
Luego veremos con más detalle los derechos que tiene un trabajador en caso de sufrir un accidente laboral. Entre ellos nos encontramos con el derecho a indemnización, que vamos a detallar a continuación.
El empresario está obligado a velar por la salud y la seguridad laboral de sus trabajadores. Si no lo hace y alguno de sus empleados tiene un accidente, deberá hacer frente a la responsabilidad civil.
Si el empresario tiene un seguro de responsabilidad civil la víctima y la aseguradora pueden llegar a un acuerdo sobre la cuantía de indemnización. Si no hay acuerdo, será el juez el que decida.
En estos casos se suelen tomar como referencia los baremos establecidos en el Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, modificado por la Ley 35/2015, que establece las indemnizaciones que corresponden en los supuestos de accidente de tráfico.
Para calcular la cuantía se tienen en cuenta:
Daños corporales
- Lesiones temporales: partiendo de los días de baja que haya tenido que pasar el trabajador y su perdida temporal de calidad de vida.
- Secuelas que hayan quedado una vez finalizado el tratamiento médico.
Daños patrimoniales
En aquellos casos en los que el accidente haya causado daños a los bienes personales del trabajador.
Daños morales
Si del accidente se han derivado daños de carácter psicológico como ansiedad depresión o algún tipo de trauma. Este tipo de secuelas son los más complejas de valorar.
Una vez establecidos todos los daños se atiende al baremo de lesiones para accidente de tráfico y se calcula la indemnización que corresponde en cada caso concreto.
Cobro de la indemnización por parte de los herederos
En caso de que el accidente laboral tenga como consecuencia la muerte del afectado, serán sus familiares los que cobren la correspondiente indemnización.
¿Qué derechos corresponden a una persona que ha sufrido un accidente laboral?
Desde el momento en que se produce el accidente el trabajador tiene una serie de derechos que deben ser respetados.
Asistencia sanitaria
El empresario debe comunicar inmediatamente el accidente a los servicios de emergencia. La asistencia médica se extiende desde el primer momento hasta el restablecimiento de la salud del trabajador. Esto incluye operaciones, sesiones de rehabilitación, fisioterapia, etc.
Prestación por incapacidad temporal
Lo lógico es que un trabajador que ha sufrido lesiones esté un tiempo de baja o en situación de incapacidad temporal. Durante este tiempo, cobrará una prestación que sustituirá a su sueldo.
La empresa debe abonar íntegramente el salario del día del accidente, después el trabajador cobrará mensualmente un 75% de su base reguladora o incluso el 100% si así lo establece el convenio colectivo de aplicación.
En aquellos casos en los que el empresario no haya cumplido con las medidas de higiene o seguridad la prestación se puede incrementar entre un 30% y un 50%, pero para ello habrá que reclamar a la Inspección de Trabajo.
Los accidentes de trabajo son supuestos especialmente graves en los que los derechos de los trabajadores están por encima de todo lo demás. Así, mientras que para cobrar otras prestaciones se exigen determinados requisitos, en estos casos no es necesario que el trabajador haya cotizado un tiempo mínimo para cobrar la prestación por incapacidad temporal.
Es decir, si sufres un accidente laboral el primer día de trabajo de toda tu vida, cobrarás la prestación de la misma manera que lo haría alguien que lleve 20 años cotizados.
Por otro lado, en caso de que el trabajador afectado no estuviera dado de alta en la Seguridad Social, percibirá igualmente la prestación.
El trabajador cobrará la prestación por incapacidad temporal hasta que reciba el alta. No obstante, si llegado el momento no está conforme con el alta médica, la puede impugnar.
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