Apropiacion indebida en herencias

Comete un delito de apropiación indebida aquel que no devuelve la cosa que estaba guardando para otro

¿Puede darse el delito de apropiación indebida en las herencias? Efectivamente. La apropiación indebida de una herencia puede realizarse mediante la ocultación de bienes integrantes de la propia herencia por parte de alguno de los herederos, con el objetivo de quedárselo para él y no tener que repartirlo con los demás. Esta actuación conllevaría las consecuencias legales derivadas del delito de apropiación indebida.

No obstante, es importante aclarar una cuestión. El artículo 268 del Código Penal prevé la exención de responsabilidad penal para ciertos parientes cuando se causen delitos patrimoniales –como el delito de apropiación indebida– entre ellos. Esos parientes deben ser los cónyuges que no estuvieren separados o divorciados legalmente y los ascendientes, descendientes y hermanos, así como los afines en primer grado siempre y cuando estos convivan juntos. De hecho el artículo 268 del Código Penal dice lo siguiente:

“Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación, o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad”.

Con esta exención de responsabilidad penal, aun habiendo cometido un delito de apropiación indebida contra el patrimonio de algún pariente de los mencionados en el artículo 268 del Código Penal, se intenta conseguir que la relación fraterna y personal que une a los miembros de una familia quede intacta y no se vea mermada por las exigencias de un procedimiento judicial penal. Por ello, no existiría responsabilidad penal por parte de cualquiera de los herederos que oculte bienes integrantes de una herencia para quedarse con ellos sin repartirlo con los demás herederos, pero sí responsabilidad civil. Esto supone que se enfrentará al pago de los daños y perjuicios derivados de la apropiación que haya cometido, siempre que esta disposición se haya cometido por algún cónyuge, hermano, ascendiente o descendiente o pariente afín hasta el primer grado si hubiera convivencia entre el infractor y la víctima.

En caso contrario, si los herederos de una herencia no tuvieran relación de cónyuges no separados o divorciados, hermanos, ascendientes o descendientes y afines de primer grado con convivencia y realizaran una apropiación indebida de los bienes integrantes de la herencia, sí se aplicarían las disposiciones legales correspondientes a este delito.

Abogados expertos en gestionar herencias

Como ves, la apropiación indebida es un delito que no tiene nada que ver con el hurto o la estafa, pero comparten muchos elementos similares. Si alguna vez te encuentras con que alguien se ha apoderado de alguno de tus bienes de forma ilegítima o te ves inmerso en un delito de apropiación indebida, contacta con un abogado experto en apropiación indebida o herencias para que te puedan ayudar con todo rigor y sinceridad que el tema merece. Si tienes dudas sobre cómo elegir un buen abogado de herencias, desde IENE Abogados nos cuéntan qué 5 claves debes conocer antes de enfrentarte a una herencia.

Nicolás Marchal González
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