¿Cuándo prescdibe el delito de apropiación indebida?

Comete un delito de apropiación indebida aquel que no devuelve la cosa que estaba guardando para otro

Una de las preocupaciones clásicas del legislador penal son los amigos de lo ajeno. La tentación de apoderarnos de lo que no es nuestro para algunos es demasiado golosa y por eso se establece todo un Título en el Código Penal para regular los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Uno de ellos es el delito de apropiación indebida, que se caracteriza porque el culpable se apropia de un bien mueble que se le había entregado para que lo guardara o gestionara. ¿Quieres saber cómo funciona este delito? Te contamos todos los detalles a continuación.

¿En qué consiste el delito de apropiación indebida?

Tras la reforma del Código Penal en 2015, el delito de apropiación indebida se recoge en los artículos 253 y 254. Según estos preceptos, serán culpables del delito de apropiación indebida aquellos que se adueñen para sí o para un tercero de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble que hayan recibido a título de depósito, comisión o custodia. Es decir, al culpable se le entrega un bien mueble con la finalidad de que lo gestione o lo guarde, pero queda obligado a entregarlo o devolverlo cuando se le solicite. El delito se produce cuando el defraudador no devuelve los bienes o cuando niega que se le hayan entregado.

En el siguiente vídeo el abogado penalista experto en apropiación indebida Luis Chabaneix explica todos lo que hay que saber acerca de los deiferentes tipos de delitos relacionados con la apropiación indebida.

En definitiva, se trata de un delito contra el patrimonio. En un primer momento el culpable tiene una posesión legitima de los bienes, pero esta se acaba pervirtiendo y convirtiéndose en ilegítima. Esto es, el defraudador en ningún momento posee la cosa mueble a título de dueño, aunque sea su intención. Además, para la efectiva comisión del delito se requiere que el culpable tenga un ánimo de lucro, que el apoderamiento se produzca con ánimo de permanencia y también que genere un resultado lesivo en cuanto a perjuicio patrimonial en un tercero.

¿Qué pena máxima tiene?

Las penas del delito de apropiación indebida son las que se establecen en el artículo 249 o, en su caso, en el artículo 250, con excepción de los que ya estén castigados con una pena más grave por otro precepto del Código Penal. Según el delito 249, para establecer la pena correspondiente se ha de valorar el importe total del bien defraudado, el daño económico que se haya causado a la víctima, las relaciones entre esta y el culpable, los medios que se han empleado para cometer el delito y otras circunstancias que sirvan para estimar la gravedad del delito. Sin embargo, si la cuantía no excede de 400 euros se impondrá una multa de uno a tres meses.

Las penas del delito de apropiación indebida

El artículo 250 castiga con una pena de prisión de uno a seis años y una multa de seis a doce meses en los siguientes casos:

  • Cuando el delito de apropiación indebida se produzca sobre bienes de primera necesidad, viviendas o bienes de reconocida utilidad social.
  • Cuando el delito se realice abusando de la firma de otro o mediante ocultación o inutilización de un documento público.
  • Si recae sobre bienes del patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.
  • Si el delito es de especial gravedad en cuanto al perjuicio que causa a la víctima o a su familia.
  • Cuando la defraudación afecte a un gran número personas o supere los 50.000 euros.
  • Cuando se produzca un abuso de las relaciones personales entre la víctima y el autor del delito.
  • Si se comete estafa procesal manipulando pruebas.
  • Si el culpable ha sido condenado al menos por tres delitos del Capítulo de las defraudaciones del Código Penal.

Cuando la defraudación supere los 250.000 euros o concurren varias de las circunstancias anteriores la pena a imponer será de prisión de cuatro a ocho años y multa de 12 a 24 meses. Por otro lado, al margen de estos supuestos, el culpable de apropiarse de una cosa mueble ajena será castigado con una multa de tres a seis meses. No obstante, si el bien tiene valor histórico, artístico, científico o cultural, se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años.

¿Cuándo prescribe este tipo de delitos?

Como es habitual, la prescripción del delitos queda fijada en función del delito cometido y de la pena que lleva aparejada. Esto significa que si un determinado delito de apropiación indebida tiene una pena máxima señalada por el Código Penal de prisión de más de cinco años sin exceder de diez, esa infracción prescribirá a los diez años. Sin embargo, también hay supuestos de apropiación indebida castigados con una pena de prisión de seis meses a dos años. La prescripción del delito en estos casos se producirá a los cinco años.

¿Cómo sería la apropiación indebida de dinero?

El delito de apropiación indebida de dinero se produce cuando una persona le da a un individuo una determinada cantidad a título de depósito, comisión y custodia y este último decide quedárselo para él o para un tercero. El dinero está recogido expresamente dentro de los bienes señalados en el artículo 253. Sin embargo, habrá que valorar cada caso para diferenciar si verdaderamente se está produciendo un delito de apropiación indebida o un delito de administración desleal recogido en el artículo 252 del Código Penal.

Almudena Galán

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