¿Puedo solicitar una autorización de estancia por estudios?

estancia por estudios en España

Si, puedes solicitar una autorización de estancia por estudios siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones que te exponemos a lo largo de este artículo.

Requisitos para solicitar una autorización de estancia por estudios en España

Has de justificar las siguientes circunstancias:

  • Que no eres ciudadano de la UE, EEE o de Suiza, ni ser familiar de ciudadanos de estos países.
  • No tener prohibición de entrada en España ni figurar como rechazable en países con los que España tenga firmado Convenio.
  • Asimismo has de acreditar que dispones de medios económicos para atender tus necesidades en nuestro país y también para regresar a tu país de origen, así como las de tus familiares en caso de que se encuentren contigo.
  • Tienes que tener un seguro médico concertado con una compañía que este autorizada para operar en España.
  • Si nos encontramos ante un caso de menores de edad no acompañados por sus  padres o tutores legales, será precisa autorización de éstos, con constancia del centro responsable de la actividad académica y del plazo de estancia dispuesto.
  • Haber sido admitido en un centro académico autorizado en España para realizar el programa deseado a tiempo completo y orientado a obtener el título o certificado de estudios.
  • Si la duración de la estancia superase los 6 meses deberá aportarse además que careces de antecedentes penales, en caso de mayores de edad, en los anteriores países de residencia. También tendrás que acreditar que no padeces ninguna de las enfermedades dispuestas en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Documentación necesaria para la solicitud de una autorización de estancia por estudios

  • El Modelo de solicitud de visado nacional.
  • Pasaporte o título de viaje en vigor.
  • Justificación documental que acredite disponer de medios económicos necesarios para el período de estancia que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
  • Para el caso de estudiantes menores de edad, se precisa autorización de los padres o tutores en la que consten los datos del centro  y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
  • Documentación que acredite que dispones del correspondiente seguro médico.
  • Acreditación  de que estas admitido en el centro de enseñanza donde vas a cursar los estudios.
  • Si supera los seis meses la duración de la estancia, deberás aportar certificado médico y certificado de antecedentes penales si eres mayor de edad.

Importante: los documentos públicos extranjeros que se presenten ante la Administración española deberán ser documentos originales o copia certificada por el organismo emisor. Además de estar traducidos al castellano deberán ser previamente legalizados o rubricados con la Apostilla de la Haya en el caso de los Estados parte del Convenio de la Haya de 1961 (salvo que exista Convenio estableciendo exención).

Pasos para obtener una autorización de estancia por estudios

Una vez hayas recopilado la documentación necesaria deberás  dirigirte a la Misión diplomática u oficina consular española de la demarcación donde residas.

En caso de menores de edad, estarán legitimados para presentar la solicitud sus padres o tutores legales.

Asimismo has de abonar una tasa por la expedición del visado.

La administración tiene 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para la tramitación,  para resolver sobre la solicitud. Si transcurrido este plazo, la Administración no te ha notificado nada, se entiende que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Por el contrario, si te lo han concedido, deberás recoger el visado en el plazo de dos meses desde la notificación.

En caso de no recogerlo, se entenderá que has renunciado al visado concedido y se procederá al archivo del expediente.

La duración de la estancia concedida será igual a la de los estudios, con el límite máximo de un año, sin perjuicio de poder solicitar una prórroga de estancia por estudios.

Para el caso de que la estancia sea superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en un mes desde su entrada en España.

En el momento de esta solicitud se deberá aportar:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte
  • Justificante de abono de la tasa correspondiente.
  • Tres fotografías tamaño carnet en color.

Cabe la posibilidad de que el estudiante venga acompañado por sus familiares.

También puede autorizarse al estudiante a realizar actividades lucrativas por cuenta ajena o propia, siempre y cuando dicha actividad sea compatible con la realización de los estudios y los ingresos obtenidos no tenga carácter de recurso necesario para tu sustento.

Por ello, aquellos extranjeros que dispongan de un NIE de estudiante podrían trabajar en España siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

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