Descubre cuánto te corresponde de finiquito y cómo calcularlo

pasos para calcular finiquito

No cabe duda de que la extinción del contrato supone un perjuicio para el trabajador, que pierde así su fuente regular de ingresos. Precisamente por ello nuestra legislación recoge la figura del finiquito, una liquidación a través de la que la empresa abona al trabajador conceptos adeudados. En esta ocasión vamos a ver cómo calcular el finiquito.

Finiquito e indemnización

Muchas veces en la práctica se puede llegar a confundir ambos términos, pero se trata de cosas diferentes.

  • Finiquito: es el documento que recoge la cuantía que va a cobrar el trabajador por los conceptos adeudados por la empresa en el momento del fin del contrato. Se cobra sea cual sea la causa de fin de la relación laboral.
  • Indemnización: es la cuantía que recibe el trabajador en ciertos casos para compensarle por el hecho de haber puesto fin a su contrato laboral. Se abona en los casos de despido objetivo y de despido improcedente.

Muchas veces la liquidación y la indemnización quedan recogidas en un mismo documento, de ahí que se suelan confundir los términos. No obstante, nada impide que el recibo de finiquito se elabore de forma independiente al documento de indemnización en los casos en los que corresponda cobrar la misma.

¿Qué conceptos entran dentro del finiquito?

Salario devengado por los días trabajados

Salvo que el fin de contrato se dé a mes vencido y se pague por tanto la nómina completa, en el resto de casos se deberá abonar al trabajador la parte proporcional de los días del mes que haya trabajado.

Es decir, si la relación laboral se extingue el día 20 del mes, te deberán abonar el salario correspondiente a los días que hayas trabajado.

Vacaciones que no se hayan disfrutado

Si en el año en curso no has disfrutado todos los días de vacaciones a los que tienes derecho, la empresa te los debe pagar.

Este es uno de los pocos casos en los que las vacaciones se pueden compensar económicamente. En el resto de situaciones la empresa no puede denegarte el disfrute de las vacaciones.

Pagas extraordinarias

Salvo que dichas pagas estén prorrateadas en la nómina de forma mensual, la empresa debe abonarte la parte de la paga extraordinaria que se haya devengado hasta el momento de extinguirse el contrato.

Pluses e incentivos

Aquellos trabajadores que cobren pluses o incentivos también cobrarán en el finiquito la parte correspondiente de los mismos que se hubiera devengado en el momento de finalizar el contrato.

Horas extra

Si has realizado horas extra que todavía no te han pagado, el finiquito debe incluir las mismas y abonarlas íntegramente.

¿Cambia el finiquito si me voy yo o por baja voluntaria?

El finiquito lo cobra el trabajador en todo caso, tanto si es despedido como si su contrato temporal ha llegado a su fin o se trata de una baja voluntaria. Y con independencia de los tipos de contrato de que se trate.

Es más, en algunos casos incluso se paga el finiquito si el trabajado accede a una excedencia, ya que no existe la certeza de que se vaya a reincorporar a su puesto de trabajo en el futuro.

A la hora de calcular el finiquito pueden variar algunas cantidades si la causa del fin del contrato es la voluntad del trabajador.

Si el contrato exige que debe haber un preaviso a la empresa en caso de baja voluntaria, se descontará un día de sueldo por cada de día de preaviso que se haya incumplido.

¿Cómo calcular el finiquito?

Vamos a ver cómo se hay que calcular los diferentes conceptos del finiquito:

Salario de los días trabajados

Primero hay que calcular el salario diario del trabajador, para ello aplicamos la fórmula: (salario mensual bruto x 12) / 365. El resultado es el salario diario, así que lo que queda es multiplicar esa cifra por el número de días del último mes de trabajo en los que ha estado en vigor el contrato.

Vacaciones no disfrutadas

Para conocer el número de vacaciones correspondientes aplicamos la fórmula: (días de vacaciones x días trabajados durante el año) / 360. 

Para las vacaciones no disfrutadas restamos a las vacaciones que corresponden al trabajador las vacaciones que ha disfrutado.

A fin de calcular el finiquito multiplicamos los días de vacaciones no disfrutados por el salario diario.

Pagas extraordiarias

Lo primero es conocer el importe que corresponde de la paga extra por día trabajado, para ello dividimos el importe total de la paga extra no recibida entre 360 jornadas. La cantidad resultante la multiplicamos por el número de días trabajados. Lo mismo con los pluses e incentivos.

Horas extra

La empresa debe tener preestablecido el valor de las horas extraordinarias, así que solo habrá que multiplicar dicha cantidad por el número de horas extra que todavía no han sido abonadas.

Cantidades que se descuentan del finiquito

A la hora de calcular esta cuantía no todo suma, existen casos tasados en los que ciertos conceptos pueden descontarse del cálculo final.

Como hemos visto antes, si el trabajador que se da de baja voluntaria no cumple con el plazo de preaviso establecido, se le descontará un día por cada día en que haya incumplido el plazo.

Si el empleado ha disfrutado de más vacaciones de las que le corresponden por año (por ejemplo si dejas la empresa en septiembre y en esa fecha ya has agotado todo el período vacacional que tenías para el año laboral), se pueden descontar los días que se han disfrutado de más.

Por último, si has recibido algún anticipo y todavía no los has devuelto, también se te descontará del finiquito.

Tiempo y forma del finiquito

El finiquito debe constar siempre por escrito, especificando las cantidades que debe cobrar el empleado por cada concepto.

Como hemos señalado antes, este documento también puede establecer la cantidad que corresponde en caso de indemnización por despido, pero ambos conceptos deberán estar claramente diferenciados.

El recibo de finiquito se entrega al trabajador el último día de trabajo. Aunque si es una baja voluntaria y no has cumplido con el plazo de preaviso es posible que tengas que esperar unos días a que te lo preparen.

¿Hay que firmar el finiquito?

Se trata de un documento que acredita que la empresa ha puesto a tu disposición la cantidad reflejada en él, pero la decisión de firmarlo es siempre del interesado.

Si se está conforme con la cantidad reflejada lo más sencillo es firmarlo. Si no se está de acuerdo con la cantidad calculada se puede firmar e indicar “recibí no conforme”.

En este último caso el trabajador puede iniciar la reclamación que estime pertinente, pero se garantiza que va a recibir la cantidad reflejada en el documento.

Si no estás conforme y no firmas, podrás iniciar igualmente el proceso de reclamación, pero no cobrarás nada hasta que la controversia se haya resuelto.

En el momento de la entrega de este documento (se firme o no), es aconsejable pedir copia del recibo y de todos los documentos que acompañen al mismo y añadir la fecha para verificar que se cumplen los plazos de la liquidación laboral.

¿Cuándo se recibe el dinero?

La empresa debería hacer el pago en el mismo momento en que te presenta el documento de finiquito para firmarlo, ya sea en metálico o mediante transferencia bancaria.

Si en el momento de firmar las cantidades no se te han abonado, puedes rubricar el documento si estás conforme con el cálculo, pero recuerda añadir la coletilla “cantidades no recibidas”. Esto te facilitará la reclamación en caso de que tengas que hacerla si la empresa no paga, igual que si tu jefe no te paga la nómina.

¿Dónde reclamar en caso de surgir problemas con el finiquito?

Si no estás conforme con la cuantía o la empresa no te paga, deberás acudir en primer lugar al Servicio de Mediación y Arbitraje y, si no hay acuerdo, entonces a la Jurisdicción Social.

Un último consejo, si vas a recibir el finiquito y no sabes muy bien lo que debería constar en el mismo o si las cantidades son correctas, estás en tu derecho de pedir la presencia de un representante de los trabajadores que te asesore.

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