
Los intereses de mora son aquella cantidad de más que puede serle exigida a quienes han contraído una obligación de pago y no hacen frente a la misma en el día estipulado; en este artículo se analiza la manera de calcular los intereses de demora.
Pasos para el cálculo de intereses de demora
El cálculo de interés de demora se obtiene mediante el uso de una regla bastante sencilla. Antes de referirla, pata su mejor comprensión, hay que detallar y definir los tres conceptos básicos que intervienen en ese cálculo:
- Capital: se trata del importe total de la cantidad no pagada en el día estipulado.
- Rédito o interés: es el porcentaje de más que se va a aplicar a la deuda no liquidada en plazo.Este interés o porcentaje no será siempre el mismo, existiendo diversos tipos de intereses moratorios; así, si en el contrato del que trae origen la deuda no se ha previsto nada, se aplicará el interés legal del dinero; por el contrario, si en el contrato se ha previsto un interés determinado, éste es el que será de aplicación.
- Tiempo: es el período de días que transcurren entre el impago de la deuda (día de inicio del cobro de los intereses) y el día en que la deuda, efectivamente, se liquida (día final del cobro de intereses); cuanto más se tarda en abonar la deuda, el importe a pagar en concepto de intereses será mayor.
Una vez aclarados los conceptos referidos en los puntos anteriores, la regla para el cálculo de los intereses de demora es la siguiente:
Interés = capital X rédito (porcentaje de interés que proceda aplicar) X tiempo (días que pasan entre el impago de la deuda y su liquidación). Y el resultado se divide entre 365.
Para poder hacer el cálculo es necesario que la deuda se haya pagado; hasta ese momento no será posible calcular los intereses, ya que se necesita conocer el día del cumplimiento de la obligación de pago.
Un caso particular sería aquél en el que la deuda se impaga y la liquidación no se hace de una sola vez, un día concreto, sino que la cifra total se va pagando en varias veces. En esta circunstancia, cada vez que se abona una cantidad, se calcularán los intereses conforme a la regla referida; es decir si, por ejemplo, la deuda se paga en cuatro veces, habrá que hacer cuatro liquidaciones de intereses, siendo en este caso el capital a aplicar la cuantía concreta que se abona en ese plazo y el tiempo, el número de días que pasan desde el impago de la deuda, hasta la liquidación de ese concreto plazo.
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