Cancelación de antecedentes penales

Los antecedentes penales son una de las consecuencias del dictado de una sentencia condenatoria firme en la jurisdicción penal y su cancelación es un trámite necesario para borrar esos antecedentes y que no le afecten en posteriores procedimientos penales o en su esfera personal, sobre todo en el ámbito laboral.

Los antecedentes penales

Los antecedentes penales son anotaciones efectuadas en el Registro Central de Penados y Rebeldes, dependiente del Ministerio de Justicia, tras la firmeza de una sentencia condenatoria en la jurisdicción penal.

Toda persona condenada, tras el transcurso de un determinado plazo sin volver a delinquir, tiene derecho a que sus antecedentes penales se cancelen, es decir, que se borren dichas anotaciones del referido registro.

Plazos para poder efectuar la cancelación

Los plazos que deben transcurrir para poder cancelar los antecedentes penales los establece el art. 136 del Código Penal y son los siguientes:

  1. Seis meses para las penas leves.
  2. Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  3. Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  4. Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  5. Diez años para las penas graves.

Para determinar si una pena es leve, menos grave o grave, debemos dirigirnos al art. 33 del Código Penal que establece que:

  • Son penas graves:
  1. La prisión permanente revisable.
  2. La prisión superior a cinco años.
  3. La inhabilitación absoluta.
  4. Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
  5. La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
  6. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
  7. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
  8. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
  9. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  10. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  11. La privación de la patria potestad.
  • Son penas menos graves:
  1. La prisión de tres meses hasta cinco años.
  2.  Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
  3. La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
  4. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
  5. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
  6. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años.
  7. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
  8. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  9. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  10. La multa de más de tres meses.
  11. La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.
  12. Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.
  • Son penas leves:
  1.  La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
  2. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
  3. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año.
  4. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
  5. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  6. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  7. La multa de hasta tres meses.
  8. La localización permanente de un día a tres meses.
  9.  Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.

Procedimiento para la cancelación de antecedentes penales

La solicitud de cancelación de antecedentes penales debe efectuarse ante el Ministerio de Justicia, a través de un escrito donde consten los datos personales del solicitante y al que debe adjuntarse fotocopia compulsada del D.N.I., N.I.E. o pasaporte, todos ellos en vigor.

El plazo de tramitación de la solicitud es de tres meses, si bien el procedimiento puede suspenderse cuando sea necesario recabar del órgano judicial la fecha de extinción de la responsabilidad penal.

Teniendo en cuenta lo anterior y la dilación que puede suponer la suspensión del procedimiento, resulta muy aconsejable acompañar a la solicitud certificación emitida por el Letrado/a de la Administración de Justicia del órgano judicial en la que se haga constar la fecha de extinción de la responsabilidad penal, así como testimonio del auto de remisión definitiva de la pena, lo que contribuirá a agilizar el procedimiento de cancelación.

La importancia de contar con un abogado especializado

La diferencia fundamental entre contar con un abogado especializado y con experiencia en cancelación de antecedentes penales, a hacerlo uno mismo o a través de un abogado no especializado en la materia es, fundamentalmente, la rapidez en la tramitación del procedimiento, así como el ahorro de tiempo al no tener que efectuar numerosos trámites ante el órgano judicial.

Un abogado especializado en la cancelación de antecedentes penales se personará en el procedimiento de ejecución de la condena, recabando los documentos, certificaciones y testimonios oportunos para que la cancelación de antecedentes se lleve a cabo lo más rápido posible, sin que el solicitante tenga que preocuparse por nada.

Es importante, a la hora de elegir un abogado para que lleve a cabo el trámite de solicitud de cancelación de antecedentes penales, que le facilite, antes de comenzar a trabajar, un presupuesto cerrado por su trabajo hasta conseguir la cancelación.

Victor Fernandez
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