Cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
Cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad es una opción para solucionar una situación de sobreendeudamiento. La Ley 25/2015, de 28 de julio, conocida popularmente como Ley de Segunda Oportunidad, recoge el procedimiento para que particulares y autónomos puedan reducir e, incluso, cancelar totalmente sus deudas cuando se encuentren en situación de sobreendeudamiento. ¿Quieres saber si puedes acogerte a esta Ley y qué requisitos tienes que cumplir para ello? En este artículo te damos todos los detalles por si te ves en la necesidad de utilizar esta opción para reducir o eliminar por completo tus deudas.¿Puedo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Cualquier persona física que tenga una situación de sobreendeudamiento puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para cancelar sus deudas: particulares, familias, autónomos, emprendedores, etc. 

¿Qué requisitos tengo que cumplir para acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Los requisitos que exige la Ley para acogerse al procedimiento de la Segunda Oportunidad son los siguientes:

  • Demostrar que no se tienen recursos ni patrimonio para hacer frente a las deudas.
  • El importe total de las deudas no puede superar los 5 millones de euros.
  • El deudor debe actuar siempre con buena fe (por ejemplo no debe esconder bienes ni comprar o vender durante el procedimiento).
  • El deudor no puede haberse acogido a esta Ley durante los 10 años anteriores.
  • En el caso de los autónomos, el deudor no puede haber sido condenado por delitos de orden socioeconómico, delitos de falsedad documental, delitos contra el patrimonio, contra Hacienda, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores, en los 10 años anteriores a la solicitud.
  • El deudor tiene que haber intentado un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores.
  • El deudor no puede haber rechazado una oferta de empleo adecuada a su cualificación profesional durante los últimos 4 años. 

Procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad

Antes de iniciar el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad es necesario recopilar la documentación que acredite la situación económica del deudor: ingresos, gastos, propiedades, patrimonio, deudas existentes y antecedentes penales.

El procedimiento tiene dos fases: la fase del acuerdo extrajudicial y la fase de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

Acuerdo Extrajudicial

El acuerdo extrajudicial tiene por objeto renegociar la deuda con los acreedores. Se inicia acudiendo al notario con la documentación. El notario designará un mediador concursal, encargado de lograr un acuerdo con los acreedores mediante un plan y calendario de pagos que pueda ser asumido por el deudor. Esta fase de negociación no puede durar más de dos meses. Si no se llega a un acuerdo extrajudicial, habrá que pasar a la siguiente fase de Beneficio de Exoneración.

Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI)

Si no se alcanza un acuerdo extrajudicial se pasa a la fase de Beneficio de Exoneración. Esta fase requiere la intervención judicial y permite al deudor insolvente, tras la liquidación de su patrimonio, no pagar las deudas pendientes siempre que haya actuado de buena fe. Una vez concedido el Beneficio de Exoneración, las deudas se cancelan para siempre, lo que  supone una oportunidad al deudor para empezar de nuevo.

¿Qué pasa con las deudas de organismos públicos?

Las deudas públicas, como las de Hacienda y las de la Seguridad Social han supuesto una gran controversia respecto a la Ley de la Segunda Oportunidad. Si bien estas deudas no pueden incluirse en el acuerdo inicial extrajudicial, una vez declarado el concurso de acreedores, quien decide sobre las mismas es el juez. Normalmente, el criterio judicial es el de la eliminación de las deudas públicas en un porcentaje que supera el  50%.La Ley de la Segunda Oportunidad presenta importantes beneficios. Una vez concedida la exoneración judicialmente, el deudor desaparece de los listados de morosos, puede volver a solicitar financiación en los bancos, puede tener de nuevo tarjetas de crédito y ya no tendrá que afrontar las deudas con su patrimonio. 

Si tienes una situación de sobreendeudamiento o has fracasado en tu negocio, ahora tienes la opción de cancelar tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad. En Iuris Now encontrarás abogados especializados en Derecho Mercantil e incluso en la expertos en la Ley de Segunda oportunidad que te asesorarán a lo largo del procedimiento y conseguirán que el juez te conceda el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho para que elimines por completo tus deudas. ¡Contacta con Iuris Now y resuelve tus dudas!

Nicolás Marchal González

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