
Este organismo, comunmente conocido como la CIRBE, depende del Banco de España y es poco conocido por los usuarios de entidades financieras; se suele pensar que es un registro de impagados o morosos cuando, en realidad, no lo es.
Se recogen en este artículo unas breves pinceladas sobre este organismo que permiten entender que es y como funciona.
¿Qué es la CIRBE?
Es un organismo dependiente del Banco de España, que presta un servicio público consistente en una base de datos en donde figuran aquellas operaciones financieras que los Bancos han concedido y aprobado a sus clientes, ya sean personas físicas o jurídicas.
Cuando un Banco nos aprueba una operación de préstamo o crédito, procede a dar de alta en este organismo los datos relativos a dicha operación; las operaciones que se dan de alta son préstamos, créditos (riesgos directos), avales y garantías (riesgos indirectos); los datos se dan de alta en el momento de concederse la operación; y van a figurar nuestros datos en esta Cirbe aun cuando estemos al día de pago. El objeto de inscripción es el riesgo que las entidades financieras asumen con nosotros, no si hemos pagado las obligaciones contraídas; como ya hemos dicho, no se trata de un Registro de Impagados, que son ficheros en los que se dan de alta los datos de una persona cuando ya ha incumplido su obligación de pago.
En definitiva, si acudimos a una entidad a solicitar un prestamo, crédito o hipoteca y el Banco nos lo concede, los datos de nuestra operación se van a dar de alta en este organismo.
Publicidad de los datos de la CIRBE
Con relación a quien puede tener acceso a la información que figura en este organismo, hay que distinguir dos supuestos distintos:
- Acceso a la información por los usuarios de Banca, ya sean personas físicas o jurídicas: cualquiera puede consultar de manera gratutita los datos registrados en el organismo, relativos a sí mismo, sobre las operaciones concertadas con las entidades financieras; pero nunca podra tener acceso a los datos que consten sobre operaciones financieras de terceros; es decir, los datos son públicos siempre para nuestras propias operaciones, pero son confidenciales cuando de otras personas se trata.
- Acceso a la información por las propias entidades financieras: van a poder tener acceso a la información que obre sobre particulares, en los casos en que los mismos acudan a ellas a solicitar una operación de riesgo, como puede ser un préstamo personal, un crédito o un préstamo hipotecario. Tiene su lógica ese acceso a la información: las entidades financieras necesitan conocer si tenemos ya alguna operación de riesgo contratada con otros Bancos, a fin de valorar el nivel de riesgo en el que incurre al formalizar nuevas operaciones crediticias con nosotros.
- Como complemento al punto número dos, hemos de decir que los particulares, con datos inscritos en este organismo, pueden conocer a que entidades la CIRBE ha comunicado sus datos durante los últimos seis meses, así como las cesiones de los mismos que vayan a realizarse.
Tipos de informes de la CIRBE
Este organismo emite dos tipos de informes:
- Informe agregado: los expide tanto para particulares como para entidades financieras; en este informe no figura un listado detallado de cada una de las operaciones de riesgo, ni todas las entidades que aprobaron la operación, ni todas las condiciones. Aparece sólo el el importe total de las operaciones de una misma tipología de riesgo y, de modo resumido, los límites máximos del crédito,el crédito dispuesto, los tipos de garantía y los plazos.
- Informe de riesgos detallado: los emiten sólo para los titulares de las operaciones de riesgo; en el mismo se recogen el código que identifica la operación, el nombre de la entidad que la concede, detalle más concreto de la deuda; y si en alguna entidad constan riesgos agrupados po importe inferior a mil euros, el nombre de dichas entidades; a partir del mes de enero de 2021 no se facilitan datos de titulares cuyo riesgo acumulado sea inferior a mil euros.
Derechos de los particulares en relación a los datos que figuran en la CIRBE
En primer lugar, hemos de decir que no cabe el derecho de oposición por los interesados al tratamiento de sus datos de carácter personal, realizado conforme a lo previsto en la normativa reguladora de la CIRBE; en la medida en que las entidades a las que se proporcionan los datos hayan concedido una operación de riesgo a los titulares, la mismas tienen derecho a acceder a la información del titular, siempre que se le informe previamente de tal derecho.
Por el contrario, los interesados cuentan con los derechos de acceso, rectificación y/o cancelación de sus datos; el modo de ejercitarlo es dirigirse a la entidad que comunicó los datos a fin de que se proceda a su rectificación o su cancelación; también se puede presentar directamente la reclamación en el Banco de España. Ante cualquier duda sobre como efectuar la reclamación, es conveniente consultar con un profesional especialista en derecho bancario
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