¿Cómo solicitar el certificado de delitos de naturaleza sexual?

El certificado de delitos de naturaleza sexual

Hoy en día los menores se encuentran amenazados por delitos de muy diversa índole que exige una respuesta eficaz por parte de los poderes públicos. Entre tales medidas de protección podemos destacar el certificado de delitos de naturaleza sexual, veamos en qué consiste.

¿Qué es el certificado de delitos de naturaleza sexual?

Se trata de una certificado que obligatoriamente se ha de aportar por parte de todo profesional o voluntario que pretenda entrar a trabajar en contacto con menores de edad.

Deberán ser los menores los destinatarios principales de las prestaciones realizadas. No debe confundirse con aquellos otros supuestos en los que nos encontramos con un trabajo frente al público que inevitablemente supondrá contacto con menores, pero que no son estos los sujetos principales de la relación laboral o de voluntario.

Dicho certificado deberá necesariamente tener un resultado negativo. Su objetivo es acreditar que a quien se refiere carece de cualquier tipo de condena firme por delitos sexuales, es decir que atentan contra la libertad o indemnidad sexual.

Su origen lo encontramos en:

El certificado de delitos de naturaleza sexual obtiene sus datos del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Este Registro depende del Ministerio de Justicia y es el único a nivel nacional con esta competencia.

Su finalidad, en principio, es para desarrollar una prestación con menores dentro del territorio nacional.

En el caso de ser preciso para otro país, cabe la posibilidad de su legalización mediante apostilla y traducción.

¿Cómo obtener del certificado de delitos sexuales?

Se trata de un certificado gratuito, al que tiene acceso cualquier persona física mayor de edad.

En el caso de los menores que precisen este certificado, deberán contar con la representación de uno de sus progenitores o representantes legales. Es un supuesto muy frecuente en estas fechas estivales, en relación con campamentos de verano, ludotecas, comedores etc.

Existen dos posibles formas de obtener el certificado de delitos sexuales:

Solicitar el certificado de delitos sexuales on line

Los pasos a seguir serán:

  1. Se deberá entrar en la página web del Ministerio de Justicia.
  2. Seleccionar el apartado CIUDADANOS
  3. Se despliega una relación de certificaciones, elegir la correspondiente a delitos de naturaleza sexual para trabajar con menores.
  4. Identificarse mediante certificado electrónico, ya sea DNI electrónico o CLAVE PIN, esta última se solicitará a la Agencia Tributaria.
  5. El justificante se obtendrá en el mismo acto mediante la impresión de los datos que obren on line.
  6. En el caso de necesitarse el certificado de delitos sexuales para presentarlo en una Administración pública, se podrá autorizar a dicha Administración. De modo que será esta quien se encargue de recavar la información del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  7. Si la solicitud se precisa para entrar a trabajar en una empresa, cabe la opción de autorizarla para que inste una solicitud grupal de todos los trabajadores afectados.

Solicitar el certificado de delitos sexuales de forma presencial

Si se opta por acudir físicamente para la obtención de este certificado, los pasos a dar serán los siguientes:

  1. Deberá desplazarse hasta las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno o Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. En el caso concreto de la Comunidad de Madrid, dicho organismo se encuentra en la Calle Bolsa 8. Será necesario acudir con cita previa y aportar toda la documentación que se le requiere en el localizador de dicha citación.
  2. Se cumplimentará una solicitud específica, en letra mayúscula.
  3. Será preciso identificarse debidamente, bien sea como el propio interesado. En tal caso deberá exhibir el DNI, original o copia compulsada, Tarjeta de Residencia española para extranjeros, Pasaporte, Carnet de conducir español o documentación comunitaria equivalente. Cualquiera de estos documentos debe estar en vigor para poder ser empleado como medio de identificación.
  4. También podría tratarse de otra persona autorizada en lugar del interesado y en su representación. En tales casos además de los documentos que identifiquen al representante, serán precisos otros. Deberán aportarse los siguientes: Original o copia compulsada del documento de identificación de la persona a la que se representa, así como del documento que acredita el hecho mismo de la representación, normalmente por documento notarial o privado cuyas firmas estén autorizadas notarialmente.
  5. Si los representantes son los padres del representado, exhibirán original o copia compulsada del Libro de Familia.

Normalmente el certificado se entregará en el acto. Ahora bien la Administración Pública dispone del plazo de 10 días para su entrega.

Al margen de las dos opciones anteriores existe la posibilidad del llamado Procedimiento agrupado, veamos en qué consiste.

El procedimiento agrupado

Dicho procedimiento consistirá en la entrega presencial por parte de la empresa interesada, de una solicitud conjunta que comprenda los datos de todos los empleados para los que insta la certificación.

La solicitud se entregará en la Gerencia Territorial de Justicia más próxima a la sede de la empresa.

Deberá ir acompañada de la autorización de los empleados para llevar a cabo tal gestión en su nombre. Del mismo modo irá acompañada de los datos y documentos identificadores de cada uno de ellos.

Caducidad del certificado de delitos sexuales

La vigente Ley de Protección del Menor 1/1996 de 15 de enero, en su artículo 13.5 establece la obligatoriedad de este certificado. Así todo aquel que pretenda entrar a prestar sus servicios en contacto directo con menores, sea cual sea la actividad que vaya a realizar, debe aportar un certificado negativo que acredite la inexistencia de una condena por sentencia firme en materia de delitos contra la libertad o indemnidad sexual.

En tal concepto se encuadran los delitos de: agresión sexual, abuso sexual, acoso, exhibicionismo, provocación sexual, prostitución, explotación sexual, corrupción de menores o trata de seres humanos.

Entre los requisitos para el acceso y continuidad en los oficios o profesiones en contacto directo con menores, se establece por tanto la obligación de aportar tal certificación, pero no se habla en ningún momento de la periodicidad en su aportación.

Se entiende por tanto que bastaría con una única entrega al inicio de la actividad. No obstante quedará en la potestad del empleador el requerir a sus empleados la renovación de tales certificaciones.

Por tanto no existe una caducidad del certificado como tal documento oficial.

Si será muy probable, no obstante, que se nos exija uno nuevo para cada incorporación laboral. Incluso dentro de la misma que se nos exija con cierta periodicidad su renovación.

Mª Eugenia Ferrándiz Avellano
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