
El concurso de acreedores es un mecanismo de garantía crediticia. Se utiliza en los casos en que el deudor no dispone del patrimonio suficiente para hacer frente a todas sus deudas. Te explicamos en qué consiste este procedimiento, cómo instarlo y cuáles son sus consecuencias.
En qué consiste el concurso de acreedores
El concurso de acreedores es un instrumento de segunda oportunidad, gracias al cual:
- La empresa quebrada puede reestructurar su deuda y continuar con su actividad.
- Al continuar su actividad, se reduce el impacto social que podría tener su cierre. Así, permite recolocar trabajadores y mantener puestos de trabajo.
- Y, a su vez, facilita el cobro de los acreedores.
De modo que este proceso cumple una función de garantía de los créditos y de amortiguación de los efectos de la insolvencia. Es importante destacar que no solo se aplica a las empresas. Sin embargo, estas son las que más frecuentemente recurren al concurso, y donde el procedimiento despliega todos sus efectos.
Requisitos del concurso
Para acceder al concurso son necesarios dos requisitos principales:
- Que el deudor ostente deudas frente a una pluralidad de acreedores (aunque en ocasiones se ha admitido el concurso de acreedores con un solo acreedor). En otro caso, procedería una mera reclamación de deuda o exigencia de cumplimiento. Sin embargo, el concurso se caracteriza por la concurrencia de acreedores. Una vez iniciado, se activa el principio par conditio creditorum. Dicho de otro modo, se equipara la situación de todos los acreedores para que puedan cobrar de forma proporcional a los créditos que ostentan contra el quebrado. Sin este principio, el primer acreedor que lograra cobrar daría al traste con las expectativas de cobro de los restantes.
- Y que, además, no pueda pagar a todos ellos. Esto es importante, porque no se trata de una mera concurrencia de créditos. A diferencia de otros mecanismos empresariales frente a circunstancias económicas adversas (por ejemplo, un ERTE), el concurso de acreedores solo procede cuando el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones, sean actuales o inminentes.
Finalidad del concurso
En definitiva, el concurso se basa en la idea de continuación de la actividad. En principio, la continuación de la actividad es una vía idónea para conseguir liquidez y devolver las deudas vencidas. Es así como se coordinan los intereses crediticios, laborales y empresariales.
Si, por el contrario, los acreedores liquidaran automáticamente el patrimonio del deudor, lo más probable es que solo pudieran recuperar una pequeña parte de sus créditos, terminando con la actividad empresarial y con los empleos de los trabajadores.
Por supuesto, esta idea no siempre funciona. De modo que el concurso también permite la liquidación del patrimonio del deudor cuando no concurran circunstancias que permitan la recuperación futura de los créditos.
Cómo se inicia el concurso
Dada la función garantista del concurso de acreedores, el empresario tiene la obligación de promoverlo cuando no pueda hacerse cargo de sus créditos o prevea que no podrá hacerlo inminentemente. La legislación le otorga un plazo de dos meses para instar el concurso, desde que conociera su estado de insolvencia.
Inicio del procedimiento por el deudor
Para iniciar el procedimiento bastará con que el deudor presente una serie de documentos, entre los que destacan:
- Una memoria económica.
- El inventario de bienes y derechos que integran su patrimonio.
- Una lista de acreedores.
- Relación de trabajadores e identificación del órgano de representación.
- En caso de tener obligaciones contables, deberá aportar las cuentas anuales, informes de gestión y auditorías, así como otros documentos contables correspondientes a los tres últimos ejercicios.
El primer objetivo de estos documentos es demostrar que el estado de insolvencia es real o inminente. En segundo lugar, facilitan la convocatoria de los acreedores al procedimiento, así como la localización y valoración del patrimonio con el que se puede pagar a los mismos.
Inicio del procedimiento por terceros
Además, la ley autoriza a los acreedores para solicitar el concurso cuando el deudor no lo haga. Para ello deberán aportar una documentación similar a la que presenta el deudor y demostrar su legitimación. También pueden promover el concurso:
- El mediador concursal.
- Los socios personalmente responsables.
- En su caso, los acreedores del fallecido, sus herederos o los administradores de la herencia.
- Cuando se manifieste la insolvencia en el seno de un proceso penal por delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, el Ministerio Fiscal.
La primera forma de iniciar el procedimiento da lugar al llamado “concurso voluntario”, mientras que la segunda origina el “concurso forzoso”. En ambos casos se procederá a la convocatoria de la administración concursal. Esta se encargará de realizar el inventariado del patrimonio del deudor y la convocatoria de los acreedores.
Diferencias entre el concurso de acreedores voluntario y forzoso
Antes de declararse el concurso, el deudor podrá intentar negociar un acuerdo de refinanciación o una propuesta anticipada. Esto agilizará los trámites, al tiempo que le da más libertad. Si comunica al juzgado que ha iniciado estas negociaciones en el plazo de dos meses que tiene para instar el concurso voluntario, el procedimiento concursal (La Ley 3/2020 establece nuevas medidas concursales) no podrá iniciarse hasta terminado el intento de negociaciones.
Si no se intentan o fracasan las negociaciones, se iniciará el concurso de acreedores, en su versión voluntaria o necesaria. Las principales diferencias entre estos tipos de concursos son:
- Las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio se ven alteradas una vez declarado el concurso. Si este fue voluntario, serán intervenidas por los administradores concursales. Esto significa que necesitará su participación para ejercitarlas. Sin embargo, cuando sea necesario estas facultades quedarán suspendidas. Es decir, será la administración concursal quien lo sustituya, realizando todos los actos de disposición y administración que considere convenientes para el interés del concurso.
- Por otro lado, el concurso necesario se presume concurso de acreedores culpable, salvo prueba en contrario. Lo que implica que la responsabilidad concursal puede extenderse a los administradores, liquidadores, apoderados y algunos socios. Como responsables, estas personas verán afectado su patrimonio, pero también podrán ser inhabilitadas.
Las fases del concurso de acreedores
Cada concurso se desarrolla por unos cauces. Sin embargo, el esquema general es el siguiente:
Negociación o actuaciones previas
El deudor puede iniciar negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación o lograr adhesiones a una propuesta de convenio anticipada. En este caso, la declaración del concurso quedará supeditada a que las negociaciones sean infructuosas. Esta vía podría llegar a evitar el concurso por completo.
Declaración del concurso o fase común
En caso de no intentarse las negociaciones o resultar infructuosas, se iniciará la fase de declaración (o común) del concurso. Tal declaración tendrá los efectos antedichos sobre las facultades de disposición del deudor. Además, se nombrará una administración concursal, encargada de informar sobre el estado patrimonial del deudor y los créditos vigentes. Estos extremos configurarán la masa activa y la masa pasiva. Durante esta fase también entran en juego reglas especiales sobre los contratos y obligaciones del concursado.
Fase de convenio
Posteriormente podría proponerse una propuesta de convenio. En caso de prosperar, se procederá a darle cumplimiento. Durante esta fase (de convenio) se estará a lo establecido en el convenio, y se puede llegar a ella directamente mediante la negociación que hemos descrito en el primer punto.
Fase de liquidación
En caso de no alcanzarse un acuerdo o incumplirse el mismo, se procederá a la fase de liquidación. Durante la misma se enajenará todo el patrimonio del deudor, salvo lo inembargable, repartiéndose el resultado entre los acreedores conforme estipula la Ley Concursal.
Calificación
Por último, procede la calificación del concurso, cuyo objetivo es dirimir las eventuales responsabilidades de socios, administradores, liquidadores y apoderados. En su caso, podrán imponerse sanciones económicas e inhabilitaciones a quienes provocaran o agravaran el proceso.
Reapertura del concurso
En caso de aparecer nuevo patrimonio del deudor o recuperar este cierta solvencia, podrá reabrirse el concurso. Para ello existe un plazo de cinco años, limitándose el trámite a la fase de liquidación.
Cuánto dura un concurso de acreedores
Como hemos dicho antes, cada concurso de acreedores tiene sus propios cauces. Si se toma a tiempo y las negociaciones son fructíferas, puede durar un par de meses. Sin embargo, cuando el concurso presenta cierta complejidad podría alargarse varios años.
Ten en cuenta que solo la declaración puede tardar, según la ley, entre dos y cuatro meses. Esto sin tener en cuenta la carga de trabajo del Juzgado competente. La reunión de la Junta de Acreedores para proponer convenios tarda otros dos meses, sin perjuicio del tiempo que requiera la deliberación y las eventuales impugnaciones.
Las esperas del convenio pueden alcanzar los diez años, por lo que podría producirse un incumplimiento de última hora que abriera la fase de liquidación nueve años más tarde de haberse iniciado la fase de convenio. Además, como hemos señalado, el concurso puede reabrirse hasta cinco años más tarde de su conclusión.
De modo que, en el mejor de los casos, una buena negociación a tiempo reducirá el proceso a uno o dos meses. Pero en el peor, el concurso podría estar activo durante diez o quince años.
- ¿Qué es la disolución y liquidación de una sociedad de gananciales? - 1 julio, 2023
- Solicitar la custodia compartida, todos los requisitos para que sea concedida - 12 julio, 2022
- ¿Cómo adoptar un niño en España en 2023? - 2 marzo, 2022