
Si estás interesado en conseguir la custodia compartida este artículo te va a ser de mucha ayuda pero…¿para qué sirve la custodia compartida? La custodia compartida es aquel régimen de convivencia en que los padres separados o divorciados colaboran equitativamente en la crianza de sus hijos. Esta corresponsabilidad supone que sea un régimen muy saludable para el menor, y así lo corroboran numerosos estudios.
Sin embargo, compartir la crianza de los menores tras una crisis matrimonial requiere un grado de madurez que no poseen todas las parejas. Además, aunque esto esté cambiando (véase STS de 22 de octubre de 2014, entre otras), es un régimen secundario en nuestro derecho de familia.
Te contamos cómo conseguir la custodia compartida
Requisitos básicos para reclamar la custodia compartida
El establecimiento del régimen de custodia compartida se regula en el art. 92.5 del Código Civil. Aquí se indica que cuando los padres soliciten que se establezca este régimen, el Juez lo acordará.
Es decir, que el requisito básico y fundamental para conseguir la custodia compartida no es otro que estar de acuerdo y solicitarlo al Juez.
Nuria Pérez Melego, de IENE Abogados, nos explica cuando los hijos pueden decidir con qué progenitor quieren vivir.
Cuándo no se puede conseguir la custodia compartida
El artículo 92.7 del Código Civil prohíbe la concesión de la custodia compartida en los casos en que el Juez advierta indicios de violencia doméstica.
También en aquellos supuestos en que uno de los progenitores esté incurso en causa penal por atentar contra la vida, la integridad física o moral, la libertad o la libertad e indemnidad sexual de los hijos o el cónyuge.
¿Se puede conceder la custodia compartida si el padre o la madre no quiere?
Como decimos, el acuerdo entre progenitores es un requisitos básico para conseguir la custodia compartida. A fin de cuentas, si estos no se ponen de acuerdo cuesta pensar cómo van a criar equitativamente a sus hijos.
Sin embargo, el artículo 92.8 abre la puerta a que se pueda conseguir la custodia compartida incluso sin el consentimiento de uno de los cónyuges.
Este artículo faculta al Juez para acordar la custodia compartida siempre que así se proteja adecuadamente el interés superior del menor.
La custodia compartida con un hijo lactante
La custodia compartida de los hijos lactantes es un foco de litigiosidad para las parejas recién separadas. En estas situaciones conviene recordar que lo que está en juego es la salud del bebé.
Esto es lo que empuja a los Tribunales a esperar hasta los dieciocho o incluso veinticuatro meses antes de autorizar las custodias compartidas y las visitas con pernocta. Sin embargo, la ley guarda silencio al respecto.
De modo que esta espera no es más que una costumbre. Es más, algunas plazas judiciales se vinculan al plazo de nueve meses de lactancia que recoge la legislación laboral.
Por tanto, es muy difícil conseguir la custodia compartida de un hijo lactante, y lo mejor es explorar opciones de visitas que permitan establecer un vínculo saludable con ambos progenitores.
¿Se puede conceder la custodia compartida si los padres no se llevan bien?
Que los padres del menor os llevéis mal puede ser un impedimento para conseguir la custodia compartida. Esto no significa, como viene reiterando la jurisprudencia, que os tengáis que llevar perfectamente.
Sin embargo, los Tribunales requieren que vuestra mala relación no afecte a la crianza del menor, que requiere de comunicación y colaboración. Por tanto, cuando el Juez entienda que vuestra mala relación afecta al interés superior del menor podrá denegar la custodia compartida.
Custodia compartida con padres en distintas ciudades o municipios
En los casos en que la custodia compartida no vaya acompañada de la llamada “casa nido” (se atribuye el uso de la vivienda al menor y son los padres quienes entran y salen), la distancia puede convertirse en un problema.
El Tribunal Supremo suele considerar que los “importantes desplazamientos” dificultan la vida para el menor. Y estas dificultades pueden llegar a compensar las ventajas de la custodia compartida.
Especialmente en casos como el resuelto por la reciente STS nº. 4/2018, de 10 de enero, donde se declara como doctrina que determinada distancia entre domicilios puede hacer “inviable la adopción del sistema de custodia compartida”.
De modo que habrá que estar a cada caso particular, pero que viváis en distintas localidades o municipios podría dificultar el conseguir la custodia compartida.
- Solicitar la custodia compartida, todos los requisitos para que sea concedida - 12 julio, 2022
- ¿Cómo adoptar un niño en España en 2023? - 2 marzo, 2022
- ¿Cómo puedes reclamar el impuesto de la plusvalía municipal? - 1 diciembre, 2021