Características esenciales para realizar la declaración de la renta de un autónomo

Declarar la renta siendo autónomo

La declaración de la renta para autónomos presenta ciertas particularidades respecto la de personas que no desarrollan actividades profesionales o empresariales. En particular, el autónomo debe declarar las rentas derivadas de su actividad, cuyo régimen es diferente al de las rentas del trabajo. Además, la forma de liquidación del IRPF dependerá del régimen al que se haya cogido el profesional.

En este artículo estudiamos las características esenciales a considerar en la declaración de la renta para autónomos. Si este es el primer año que declaras el IRPF como profesional el artículo te interesa, ya que la AEAT no ofrecen asistencia a los particulares cuando están dados de alta en el RETA.

Características esenciales a tener en cuenta en la declaración de la renta para autónomos

Como personas físicas que son, los autónomos están obligados a declarar el IRPF anualmente. Para ello deben presentar la declaración de la renta como cualquier otro ciudadano.

Sin embargo, lo cierto es que existen algunas particularidades en la declaración de la renta para autónomos. Por ejemplo, la información contenida en tu borrador será más reducida de lo que lo es para un trabajador por cuenta ajena.

Esto implica que tendrás que introducir manualmente los ingresos y gastos correspondientes a tu actividad. Ten en cuenta que Hacienda no te concederá cita previa para ayudarte con tu declaración, de modo que en caso de duda será conveniente que contrates a un gestor.

Para liquidar tu IRPF tendrás que consignar todos tus ingresos y gastos en la misma liquidación. La forma de calcular tus rentas dependerá del método de estimación que hayas elegido:

  • Estimación directa normal. Como sabes, si te acogiste al método de estimación directa tienes la obligación de llevar un libro de ingresos y gastos. Siempre que hayas cumplido con esta obligación, calcular tus ventas será fácil, ya que solo tendrás que volcar información contable en la aplicación informática de la AEAT. La única cuestión que debes tener en cuenta es que los datos a consignar se corresponden con importes brutos, que no incluyen IVA ni la eventual retención del IRPF.
  • Estimación directa simplificada. Esta modalidad se parece mucho a la anterior. Si quieres conocer sus particularidades puedes consultar el artículo que le dedicamos hace un tiempo, y que citamos al final de este.
  • Estimación objetiva o módulos. Representa la forma más sencilla de calcular los beneficios de la actividad, ya que no tienes que realizar cálculos reales, sino consignar los módulos que has utilizado.

Ante la duda, puedes consultar el régimen al que te has acogido en la Sede Electrónica de la AEAT o en el último modelo de declaración censal que hayas presentado ante la Administración Tributaria.

Solicitar el borrador de la declaración de la renta de un autónomo

Siendo autónomo puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta como cualquier otro ciudadano. La diferencia radica en que las rentas procedentes de actividades económicas y empresariales, al contrario que las rentas del trabajo, no se incluirán automáticamente en el programa de declaración de Hacienda.

De modo que el borrador de la declaración de la renta para autónomos contendrá la información de la que disponga Hacienda acerca de tus retenciones, pero tendrás que introducir manualmente todos los datos en el formulario de la aplicación informática.

Tipo de cuota o IRPF que corresponde al autónomo

Como sabes, el IRPF es un impuesto progresivo. Por tanto, cuanto mayores sean tus rentas mayor será el tipo tributario aplicar. La tabla aplicable en estos momentos es la siguiente:

  • 19 %: rentas de hasta 12.450 €.
  • 24 %: rentas de entre 12.450 € hasta 20.200 €.
  • 30 %: rentas de entre 20.200 € hasta 35.200 €.
  • 37 %: rentas entre 35.200 € hasta 60.000 €.
  • 45 %: rentas superiores a 60.000 €.

Sin embargo, debes tener en cuenta que el IRPF depende también de elementos como la Comunidad Autónoma en la que respiras, tus circunstancias familiares incluso la actividad que desarrollas. De modo que es complicado determinar con precisión el resultado de tu declaración de la renta antes de realizar la autoliquidación.

Deducciones habituales de los autónomos

Lamentablemente, no todos los gastos en los que incurre es podrán ser deducidos. De hecho, lo mejor es ser bastante estricta en este sentido, ya que si intentas deducir gastos personales y posteriormente es objeto de una inspección podría resultar sancionado.

Los conceptos deducibles por los autónomos son:

  • Consumos de explotación. Son los correspondientes a suministros de materiales y mercancías necesarios para desarrollar tu actividad.
  • Sueldos y salarios. Podrás deducir que por este concepto el salario bruto que hayas abonado a tus empleados.
  • Seguridad Social. En este caso computan tanto tus cuotas de autónomo como las cotizaciones de los trabajadores.
  • Gastos de personal. Como por ejemplo las aportaciones a planes de pensiones.
  • Arrendamientos y cánones. Se trata de gastos de alquiler relativos a la finca donde desarrolla su actividad.
  • Servicios de profesionales independientes. Aquí puedes incluir las facturas de otros autónomos cuyos servicios hayas contratado para desarrollar tu actividad, como un contable o un abogado.
  • Tributos fiscalmente deducibles. Por ejemplo, puedes incluir el IBI. Recuerda que no puedes deducirte el IVA y otros impuestos estatales en el IRPF.
  • Gastos financieros. Se trata de aquellos gastos bancarios y de los intereses que hayas tenido que abonar a prestamistas en concepto de la obtención de crédito.
  • Otros gastos fiscalmente deducibles. Por ejemplo, podrás deducir determinadas primas de seguros.
  • Provisiones. Si te has cogido a la modalidad de estimación directa simplificada podrás deducir hasta un 5% de tus beneficios en concepto de gastos de difícil justificación. En este sentido, debe saber que el gasto deducible no puede superar los 2000 €.

Los diferentes regímenes de estimación

Como hemos indicado anteriormente, los autónomos pueden someterse a diferentes regímenes de estimación. Se trata de los regímenes de estimación directa y objetiva, cuyas particularidades detallamos en este artículo.

Adrián Garzón

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