
¿Qué es un delito leve? Uno de los cambios que trajo la reforma de 2015 del Código Penal fue la desaparición de las faltas penales. Estas pasaban a convertirse en infracciones administrativas o delitos leves, que se definen en el artículo 13.3 del Código Penal.
¿Qué es un delito leve?
Según el mencionado artículo, los delitos leves son aquellas infracciones que la ley castiga con pena leve. En general los delitos leves persiguen ciertas conductas ilícitas que no revisten tanta gravedad como un delito.
En el Código Penal podemos encontrar delitos leves referidos a delitos contra las personas (amenazas o coacciones leves, por ejemplo), delitos relativos a la protección de animales (maltrato cruel o abandono), delitos contra la inviolabilidad del domicilio (allanamiento de domicilio de persona jurídica o sustracción de cosa mueble propia, entre otros), falsedades (como el uso de moneda falsa cuyo valor aparente no exceda de 400 euros), usurpación de funciones e intrusismo (uso público e indebido sin autorización de uniforme o insignia que atribuyan carácter oficial) o delitos contra el orden público (falta de respecto y consideración debida a la autoridad). También se incluyen otros, como el homicidio por imprudencia menos grave, el hurto del dueño o con su consentimiento o la omisión del deber de socorro, por ejemplo.
Hay que tener en cuenta que no todas las antiguas faltas se convirtieron en delitos leves. Algunas de ellas se han despenalizado y ahora se sancionan por la vía administrativa en virtud del principio de intervención mínima del derecho penal. En general, las penas de los delitos leves llevan aparejadas penas más elevadas que las faltas que sancionan las mismos conductas ilícitas y su procedimiento jurídico es muy similar al previsto para las faltas. Además, aunque las faltas prescribían a los seis meses, los delitos leves tienen un plazo de prescripción de un año.
Penas típicas para los delitos leves
Las penas leves aparecen establecidas en el artículo 33.4 del Código Penal. De esta forma, las penas leves son las siguientes, dependiendo del delito leve cometido:
- La privación del delito a la conducción de vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
- La prohibición de tener y portar armas de tres meses a un año.
- La inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año.
- La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, siempre que el castigo se imponga por tiempo inferior a seis meses.
- La prohibición de aproximarse a cierta distancia de la víctima, o también a sus familiares u otras personas que determine el juez, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
- La prohibición de comunicarse con la víctima o con sus familiares u otras personas que determine el juez de un mes a menos de seis meses.
- La multa que se imponga hasta tres meses.
- La obligación localización permanente de un día a tres meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.
¿Los delitos leves dejan antecedentes penales?
Acerca de los antecedentes penales puede existir cierta confusión, ya que las faltas penales que se preveían en el Código Penal hasta la reforma de 2015 no conllevaban antecedentes penales. Sin embargo, los delitos leves sí que dejan antecedentes penales. ¿Pero cómo se pueden cancelar estos antecedentes penales? Como es habitual, depende a la pena impuesta por el ilícito cometido. En el caso de los delitos leves tendrán que transcurrir seis meses desde el día siguiente en que la pena queda extinguida. Los antecedentes podrán cancelarse en estos supuestos siempre que pase el plazo sin que el condenado haya cometido un nuevo delito.
¿Se puede ir a prisión por un delito leve?
Como hemos visto anteriormente, los delitos leves no conllevan penas privativas de libertad en prisión. En general los castigos de estos delitos conllevan multas de corta duración, ciertas prohibiciones o trabajos en beneficio de la comunidad. Asimismo, la jurisprudencia entiende que no se han de considerar como delitos leves los que disponen alternativamente de penas leves y menos graves. Es el caso, por ejemplo, de la facilitación de medios para la comisión de delitos de revelación de secretos, acceso ilícito a sistemas de información e interceptación de transmisiones no públicas de datos informáticos, que se castiga en el artículo 197 ter del Código Penal con una pena de multa de tres a 18 meses o prisión de seis meses a dos años.
Ejemplos típicos de delitos leves
Aunque ya se han expuesto anteriormente los casos típicos de delitos leves, un ejemplo concreto sería una persona que se está bañando en el mar y de repente comienza a pedir socorro, pero nadie le ayuda. El resto de personas que están en la playa tienen obligación de ayudarle en la medida de sus facultades, por lo que estos individuos estarían cometiendo un delito leve de omisión del deber de socorro. Otro ejemplo típico de un delito leve lo compondría un delito de daños en propiedad ajena que no superen los 400 euros. También los hurtos que no superen los 400 euros se considerarán delitos leves, a no ser que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 235 del Código Penal.
Discrepo en una cosa….sí se puede ir a la carcel por un delito leve…..si no pagas la multa. Recuerden 1 día de privación de libertad por 2 cuotas impagadas.
Un saludo
Estimado José Miguel.
La pena por un delito leve viene establecida en el artículo 33.4 del Código Penal.
La responsabilidad subsidiaria en caso de impago tiene carácter de pena privativa de libertad (art. 35 del C.P.)
Y el artículo 53 del Código Penal, establece que en el caso de delitos leves, tendrá que consistir en localización permanente o trabajos en beneficio a la comunidad, pero nunca en una pena de prisión.
Un saludo y gracias por su aportación.