¿Cómo se interpone una demanda de divorcio sin hijos?

El divorcio sin hijos

Las crisis matrimoniales afectan tanto a las parejas con descendencia como a aquellas que por distintas razones no han tenido hijos.

Según estudios del Instituto Nacional de Estadística la duración media de un matrimonio oscila entre los 16 y los 17 años.

Frecuentemente se identifica el divorcio con el régimen de visitas o pensiones atinentes a los hijos menores, pero existen otras cuestiones de gran trascendencia ajenas a esta materia que han de quedar regularizadas.

Vamos a dedicar este artículo a examinar los pasos y medidas esenciales que se han de considerar en un divorcio sin hijos.

¿Qué medidas deberán regularse en un divorcio sin hijos?

En primer lugar tenemos que partir de la base de que un matrimonio puede disolverse mediante el divorcio desde los tres meses de su celebración, sin necesidad de ninguna causa específica que justifique tal proceder, y la consecuencia inmediata de esta disolución será la recuperación del estado civil de soltero y por tanto la posibilidad de contraer nuevo matrimonio.

Para tratar este punto debemos diferenciar entre los matrimonios sin hijos, que en el momento de divorciarse son titulares de una masa patrimonial conjunta, casa, vehículo, sociedades, hipotecas, préstamos etc; de aquellas otras parejas que bien por la brevedad de la relación matrimonial o por que desde un inicio adoptaron capitulaciones matrimoniales de separación de bienes, carecen de patrimonio común, ya sea activo o pasivo.

Matrimonios con patrimonio común: bienes y deudas

Quedan circunscritas en este apartado la gran mayoría de los matrimonios ya que a excepción de Cataluña, Baleares y algunos territorios sujetos a derecho foral propio, el resto de España se rige por el criterio de aplicar automáticamente el régimen de sociedad de gananciales a todos los matrimonios, a excepción de los que expresa y formalmente adoptaren otro régimen económico distinto.

Por tanto, los bienes y deudas gananciales pertenecerán a ambos cónyuges. Cuestión distinta es si proceden a la liquidación de la sociedad económica en el momento del divorcio o si lo difieren para un momento posterior, en tal caso la titularidad permanece intacta a nombre de ambos cónyuges, si bien se efectuará una distribución de su uso.

Del mismo modo las cargas y deudas que asumieron durante el matrimonio habrán de ser cubiertas por ambos titulares según el criterio que se determine con la regulación del divorcio o en su defecto al 50% sin perjuicio del examen que se lleve a cabo sobre los pagos efectuados por cada uno, en el momento de la liquidación.

En este caso habrá de estudiarse la situación en la que quedan cada uno de los cónyuges de cara a reconocerse el derecho de alguno de ellos a una pensión compensatoria.

Matrimonios sin patrimonio en común: ni bienes, ni deudas, ni cargas matrimoniales.

En tales supuestos la situación se simplifica considerablemente al no existir ni cargas, ni bienes cuya titularidad haya que repartir equitativamente.

Normalmente se corresponde tal situación a parejas que gozan de plena independencia económica con carácter previo a la celebración del matrimonio y que deciden adoptar el régimen de separación de bienes desde un primer momento.

En estos supuestos la única cuestión que quedaría por resolver sería la posibilidad de una pensión compensatoria para uno de los miembros de la pareja.

Tanto en el primer supuesto como en este, al margen de la existencia o no de patrimonio común, desde un tiempo a esta parte se ha convertido en una cuestión muy frecuente regularizar qué sucede con las mascotas, quien se encarga de su cuidado, así como el régimen de visitas o los periodos de estancia con cada uno de los cónyuges.

Trámites del divorcio sin hijos

Los trámites de un divorcio sin hijos variarán según las siguientes opciones:

Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso

De mutuo acuerdo: ofrece múltiples ventajas tales como la reducción del tiempo necesario para su resolución; el abaratamiento de los costes, el mantenimiento de una relación cordial entre los cónyuges tras la disolución del matrimonio, la adopción de medidas propias no impuestas por el órgano juzgador que favorecerán a su posterior cumplimiento y evitarán procesos de ejecución, etc.

Contencioso: en el caso del proceso de divorcio sin hijos contencioso, los costes se disparan ya que cada uno de los cónyuges deben abonar los honorarios de su propio abogado y procurador que serán más elevados al enfrentarnos a un proceso más complejo.

El proceso contencioso principará por una demanda, en la que se proponen las medidas perseguidas y a la que acompañarán los documentos esenciales en que se apoyen. De dicha demanda se dará traslado a la parte contraria para su contestación.

Se celebrará una vista en la que se practicarán las pruebas pertinentes y en la que no será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, tras la cual habrá que esperar a que el juez dicte una sentencia declarando la disolución del matrimonio y las medidas que según su buen criterio estime oportunas.

Contra dicha sentencia cabrá recurso de apelación.

Divorcio de mutuo acuerdo sin hijos ante notario o judicial.

Notarial: la Ley 15/2015 de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, introdujo entre otras novedades la de conceder a los cónyuges la posibilidad de elegir entre divorciarse ante el notario o en sede judicial.

Para ello es preciso que concurran una serie de requisitos esenciales:

  1. Que no existan hijos menores no emancipados que dependan de los progenitores.
  2. Que el divorcio sea consensuado.

El divorcio notarial precisará de la asistencia de abogado que al margen de su valiosa labor de asesoramiento ha de firmar la escritura de divorcio.

En cuanto a qué notario es el competente, el artículo 54 de la Ley de Notariado establece que será el del último domicilio común del matrimonio o el de la residencia de cualquiera de ellos.

Una vez obtenida la escritura notarial, deberá procederse a su inscripción en el Registro Civil, a la liquidación del impuesto de TPyAJD (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de 30 días;y por último la inscripción de los bienes que se adjudiquen a cada uno en el Registro de la Propiedad.

Judicial: en el caso de optarse por el divorcio sin hijos y de mutuo acuerdo, judicial, ambos cónyuges deberán comparecer representados por un procurador y defendidos por un letrado, que adjuntará a la demanda de divorcio, el convenio regulador firmado por ambos cónyuges. En dicho convenio se recogerán todas las medidas acordadas-

Tras su ratificación ante el Letrado de la Administración de Justicia, antes Secretario judicial, serán aprobadas por el juez en una sentencia.

¿Cuánto tarda en tramitarse este divorcio?

El hecho de que no existan hijos supone una simplificación del procedimiento sea cual sea la modalidad por la que se haya optado ya que no será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, lo que implica prescindir del trámite que conlleva su informe.

Por otro lado el procedimiento es bastante más sencillo, como ya se ha explicado, si se opta por la vía del mutuo acuerdo, que elimina la celebración de una vista y por tanto de obtener hueco en las saturadas agendas judiciales para este trámite.

Podemos afirmar que en la mayoría de los juzgados los procesos de divorcio de mutuo acuerdo ocupan menos de la mitad del tiempo que tardan los contenciosos, si bien dependerá del juzgado en particular.

Obviamente si se opta por la vía notarial será mucho más rápido y tras la redacción del convenio regulador por parte del letrado y la obtención de los documentos precisos, bastará con obtener cita con la notaría.

¿Cuánto cuesta un divorcio sin hijos?

Nuevamente distinguimos entre las diversas modalidades señaladas; así el divorcio sin hijos consensuado en sede judicial, reduce en más del 60% los costes. No obstante es preciso contar con un buen abogado y no dejarse deslumbrar por ofertas que convierten el asesoramiento en un mercadillo.

El divorcio sin hijos contencioso es bastante más caro, si bien no hay que desdeñar la posibilidad de solicitar justicia gratuita, a cuyo frente se erige un panel de grandes profesionales.

En el ámbito notarial, al margen de los aranceles notariales, hay que tener en cuenta que la escritura de divorcio está sujeta al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Divorcio sin hijos: ¿Separación de bienes o gananciales?

Partimos de la base de que para optar por un régimen económico matrimonial, distinto a la sociedad de gananciales, es preciso acudir para su formalización mediante escritura pública a una notaría.

El acto de formalización de las capitulaciones, se puede llevar a cabo antes incluso de la celebración del matrimonio o durante la vigencia del mismo.

El hecho de no tener hijos puede en cierto modo hacer inclinar la balanza hacia la separación de bienes, como un gesto hacia la plena independencia económica de los cónyuges.

Este criterio tiene mayor aceptación entre aquellas parejas que gozan de una situación laboral y por ende económica similar, que les permite contar en exclusiva con sus propios bienes.

Realmente la adopción de sociedad de gananciales o de separación de bienes no debe responder al hecho de no tener descendencia ya que esta queda en todo caso amparada suficientemente por la legislación vigente.

Pensión compensatoria

La pensión compensatoria viene recogida en el artículo 97 del Código Civil, y supone el derecho a una pensión para uno de los miembros del matrimonio, que con su disolución queda en situación de desequilibrio económico.

Requiere que tal situación se de con inmediatez tras la ruptura matrimonial.

Es muy frecuente en aquellas parejas en las que uno de sus miembros se ha dedicado al sustento económico de la unidad familiar, por disponer de un empleo estable y bien remunerado, en tanto que el otro cónyuge ha llevado a cabo o bien las tareas precisas para el sustento familiar dentro del hogar, o bien ha dispuesto sólo de empleos precarios que compaginaba con las anteriores tareas.

En el caso de los matrimonios sin hijos también se pueden dar estas situaciones y por tanto será una de las medidas por las que se podrá luchar en el procedimiento del divorcio.

Será preciso acreditar la dificultad para incorporarse al mercado laboral, bien sea por la edad o por la falta de cualificación profesional, como causa generadora del desequilibrio.

Esta pensión podrá ser indefinida o temporal, según su duración en el tiempo y la opción entre una u otra dependerá generalmente de la edad y capacidad laboral de su beneficiario.

No hay que olvidar que el reconocimiento del derecho a una pensión compensatoria será clave para obtener posteriormente algún derecho sobre la pensión de viudedad, por tanto no debe desdeñarse esta medida.

¿Qué pasa con la vivienda tras un divorcio sin hijos?

Veamos los supuestos que pueden darse:

Vivienda de alquiler

Las posibilidades serán o bien anular el contrato de arrendamiento, si fuera posible, o bien comunicarle al propietario el cambio de arrendatario a favor de uno solo de los cónyuges.

Vivienda en propiedad de uno solo de los cónyuges

Si el divorcio es consensuado, se estará a lo que ambos decidan al respecto. En el caso de ser contencioso existirá la posibilidad de luchar por su atribución temporal, con independencia de la titularidad, al haberse erigido como el domicilio familiar o en caso de necesidad probada.

Vivienda propiedad de ambos cónyuges

Existe la posibilidad de establecer un uso rotatorio para cada uno de los titulares, por semestres, anualidades etc.

También podría posponerse al momento de la liquidación de la sociedad la venta a un tercero con el reparto entre ambos titulares.

Vivienda con hipoteca

Si el préstamo hipotecario lo firmaron ambos cónyuges, será muy difícil que la entidad bancaria prescinda de la garantía que supone tener dos titulares; no obstante se puede lograr mediante negociación con la financiera. En otro caso, ambos deberán responder de su pago en la proporción convenida o al 50%, este es uno de los asuntos más polémicos a resolver y dependerá de la buena fe de cada uno de los titulares.

Mª Eugenia Ferrándiz Avellano
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