¿En qué consiste el dumping comercial?

El dumping y sus tipos

Se trata de un anglicismo (dump: derramar o verter). Generalmente se entiende por dumping comercial un tipo de práctica de competencia desleal que consiste en la venta de bienes o servicios por debajo de los costes (dumping definición). Por ello, el dumping suele también denominarse venta a pérdida.

¿Qué es el dumping?

Se trata de un término procedente del ámbito del comercio internacional, y de las acciones de exportación, según un proceso típico que busca la introducción de una determinada empresa en un mercado extranjero. Este tipo de iniciativas suele contar con el apoyo de la administración del país exportador, apoyo que se manifiesta, por ejemplo, a través de subvenciones o ayudas públicas.

El siguiente paso en el proceso es sacar del mercado a la industria local, y a continuación controlar los precios por medios del monopolio. En definitiva, sobre el dumping y su significado, en el dumping internacional se vende en los mercados extranjeros a precio inferior al que se vende en el mercado nacional. Sin embargo, también es posible practicarlo en el mercado local, siempre que se den determinadas circunstancias.

A saber, que se trate de mercados segmentados, que no sea posible para un adquirente final comprar en un mercado (se entiende que el más barato) y revender en el otro (se entiende que el más caro), y que el mercado de producción donde se pretende vender más barato sea de competencia imperfecta. Esto último ha de entenderse en el sentido de que los productores han de tener algún tipo de control sobre el precio de venta (oligopolio o similares).

A tenor del Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles, hay en puridad tres supuestos de dumping, cuando se vende por debajo del coste de fabricación, cuando se vende más barato que en el mercado doméstico, o cuando se vende a precios distintos en los diversos mercados. Se trata por tanto de una forma de discriminación de precios (dumping de precios).

Tipos de dumping

Pueden distinguirse diversos tipos de dumping, siendo el ejemplo de dumping más característico el dumping predatorio al que ya hicimos referencia.

Esporádico

El dumping esporádico es una discriminación ocasional o temporal de precios que suele estar basada en un exceso de excedentes que el mercado doméstico o nacional no puede absorber. Para darlos salida se hace una especie de venta por liquidación.

Relacionados con este tipo de dumping están también el dumping cíclico y el estacional.

En el primer caso, este concepto de dumping está relacionado con la exportación a precios de recesión, cuando se da este tipo de situación en el mercado doméstico, ya que la recesión implica que las empresas tienen que reducir sus márgenes para seguir vendiendo y subsistiendo.

En el segundo estamos hablando de la venta a menor precio de los excedentes de productos estacionales, como pueden ser las prendas características del verano o del invierno, en otro mercado.

Predatorio

Es el tipo de dumping que tiene por objeto echar del mercado a la competencia (o al menos ganar una cuota de mercado o mayor poder) soportando pérdidas durante un determinado tiempo, para obtener ulteriormente mayores ganancias, cuando ya sola en el mercado la empresa queda en situación de monopolio y puede fijar el precio. También este dumping relacionado con el comercio exterior, tienen carácter temporal, y sólo tiene sentido cuando la empresa que llega al mercado es más fuerte y tiene más medios que las que ya existen en él.

Persistente

En este caso la discriminación de precios tiende a no ser temporal. Para que esto sea posible. Además de las condiciones generales para que pueda existir dumping a las que antes hicimos referencia, debe concurrir una cuarta condición, a saber, que los distintos mercados tengan diferente elasticidad de la demanda. De esta manera es posible subir más los precios (mercado extranjero) cuanto más inelástica sea la demanda.

Es importante tener en cuenta, no obstante, que esta es la excepción y no la regla, pues los mercados internacionales tienden a ser más competitivos y a tener demandas más elásticas.

Dumping social

Tiene lugar cuando por imperativo legal se mantienen bajos en el mercado nacional, por ejemplo a través de ayudas, los precios de determinados productos que se consideran básicos.

Tipo de cambio

A veces las devaluaciones de la moneda y el juego del tipo de cambio a nivel internacional son los que ocasionan las grandes diferencias de precios entre productos o servicios similares, pudiéndose llegar también a situaciones de dumping.

Oficial

En el dumping oficial son las ayudas del Estado, basadas en subvenciones o en exenciones fiscales a la exportación, las que motivan que una empresa pueda vender en los mercados internacionales a precios inferiores que sus propios costes -compartidos con el Estado-. (También se habla de dumping y subsidios o dumping y subvenciones).

Por último, se conoce como dumping inverso, cuando se vende en los mercados internacionales a mayor precio que en el mercado doméstico.

Objetivos del dumping

Según el tipo de dumping, los objetivos pueden ser diversos. Pero, hay dos objetivos que claramente sobresalen como especialmente característicos de este tipo de prácticas: conquistar mercados internacionales y establecerse en los mismos como monopolio de oferta.

El dumping, no obstante, puede ser una práctica arriesgada si no se miden bien las fuerzas de las otras empresas que existen en el mercado. Y, en cualquier caso, es una práctica que no suele obtener resultados positivos sino en el medio o largo plazo.

Legislación contra el dumping

Aunque se trata de prácticas no recomendables, el dumping no es una práctica prohibida en el comercio internacional. Por ello, se establecen medidas antidumping que se concretan en multas en forma de derechos antidumping o aranceles sobre los productos objeto de dumping en el caso de la UE. Suelen actuar especialmente sobre tres tipos de dumping, el predador el persistente, y el esporádico.
 
En cuanto al comercio internacional, son los acuerdos GATT (Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles) los que regulan estas prácticas a nivel global. La Organización Mundial del Comercio (OMC) establece el marco para negociar acuerdos comerciales y cuenta con reglas para resolver disputas. Los países de la UE suelen estar representados por la Comisión Europea.

Más concretamente, las normas actuales son una versión del Código de la Ronda de Tokio (1973-79) sobre medidas antidumping, resultado de las negociaciones de la ronda Uruguay (1986-94), que forma parte del Acuerdo de la OMC y se aplica a todos sus miembros. Esto es así porque el Código de la Ronda de Tokio no fue firmado por todos los miembros del GATT.

A nivel nacional rigen la legislación estatal y los distintos tratados de libre comercio que regulan o limitan el dumping. Y en el caso español, la ley de competencia desleal.

Casos de dumping

En 2018, la UE realizó su mayor revisión de la legislación antidumping y antisubvenciones desde 1994, finalizando numerosas investigaciones de casos de dumping que dieron lugar a nuevas medidas de protección. En particular, en el sector del acero. Además, en 2018 la UE impuso tres medidas de salvaguardia, las primeras desde 2002.

Desde 2014, la UE ha impuesto 95 medidas para salvaguardar las condiciones equitativas de competencia de las empresas y los trabajadores europeos. 2/3 de las 135 medidas vigentes se refieren a importaciones procedentes de China.

Durante los 6 primeros meses de 2019 se detectaron en España 6 posibles investigaciones de dumping empresarial relacionados con productos de Perú (5) y la importación de barras de acero corrugado de Brasil y de México (1). Así como 9 reclamaciones por cobros de derechos antidumping y compensatorios relacionados con tejidos, biodiesel, calzado y prendas de vestir.

Nicolás Marchal González

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