Información de productos financieros: ¿qué pasa si no se produce?

Productos financieros

La adquisición de productos financieros supone beneficios, pero también riesgos. En el momento de realizar un contrato es fundamental la información que la entidad bancaria ofrece a sus clientes. Con frecuencia se ocultan datos o se presentan de forma confusa, lo que propicia las bases para reclamaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios, así como la nulidad de los contratos por error de consentimiento.

¿Qué son los productos financieros?

Se conoce como productos financieros a los instrumentos que permiten al usuario invertir, acceder a financiamiento o ahorrar. Cada uno de estos instrumentos lleva consigo un riesgo y debe ser acorde al que el consumidor pueda asumir.

¿Cómo se clasifican?

Una clasificación de los productos financieros más comercializados permite diferenciar entre:

  • Bonos. La operación consiste en la venta de valores financieros con una tasa que genera una ganancia para quien los posee. El riesgo mayor está en los bonos corporativos que dependerá del funcionamiento y valor de la empresa.
  • Derivados, contratos por los cuales se puede entregar algo en el futuro a cambio de un beneficio.
  • Opciones, las partes pueden obtener un beneficio financiero en algún momento futuro.
  • Futuros, el beneficio estará dado por una venta futura de un producto o mercancía a un precio estipulado en el contrato.
  • Fondos de cobertura o inversión, se intenta obtener una ganancia con las habilidades de un administrador de fondos profesional.
  • Obligaciones de deudas con garantía, varias garantías de deudas generan los valores que se compran y venden, en estas operaciones el comprador gana el derecho de adquirir parte del capital e intereses.

¿Qué obligación tienen las entidades financieras frente a los clientes?

El derecho a la información de los clientes de entidades bancarias o financieras está avalado por las leyes vigentes. La ausencia de información o el defecto en los datos es uno de los motivos más fuertes en las reclamaciones judiciales. Los clientes adquieren productos financieros con un método engañoso que deriva en pérdidas económicas vinculadas a riesgos que no conocían.

Toda entidad financiera tiene la obligación de transparencia y diligencia. Para que se entienda con mayor claridad, es necesario garantizar que el cliente entiende al detalle el producto que adquiere con la información que recibe. Por otro lado, es responsabilidad de la entidad mantener informado al cliente en todo momento de la relación. La obligación de informar y asesorar es permanente y esencial.

Ya se esté ante un cliente que firma un contrato con la entidad o frente a cliente potencial el banco debe:

  • Ofrecer en todo momento información clara, imparcial y no engañosa.
  • Dar información detallada sobre todos los productos y servicios de los que dispone la entidad.
  • Explicar de forma clara las estrategias de inversión y los instrumentos financieros.
  • Aportar información sobre los costes y riesgos.
  • Valorar si el producto y sus riesgos de adecúa al cliente. Para garantizar este punto deberá evaluarse la experiencia previa, la formación profesional y los conocimientos financieros

Las normativas vigentes tienen como finalidad velar por el derecho a la información de los consumidores de productos financieros. Los parámetros están delimitados con la intención de que el cliente tome decisiones basadas en el conocimiento y el asesoramiento de su banca. Son los vendedores quienes están obligados a informar y actuar con el objetivo del interés de los clientes como si fueran propios.

Falta de información en la adquisición de productos financieros: daños y perjuicios

A pesar de todas las obligaciones descritas, la realidad muestra un escenario muy diferente. Un gran número de casos manifiestan la falta de información y el engaño en la adquisición de productos financieros. Una mala práctica que se lleva a cabo para elevar el número de la cartera de clientes de la entidad, a costos altísimos para éstos.

Se ofrece a clientes, que confían en la profesionalidad de los asesores, productos de alto riesgo sin información. Lo más frecuente es que se realice una explicación genérica para la comercialización, pero que no está relacionado con las verdaderas obligaciones. El cliente acepta un producto sin asesoramiento transparente y sin conocer los riesgos que afronta.

Los servicios de inversión deben respetar la regla de asesoramiento personalizado, idóneo al perfil del cliente. Si se analizan las suscripciones de riesgo en las entidades, se comprueba con facilidad que este punto no se cumple. Los asesores no conocen las circunstancias ni experiencias de los clientes y lo hacen, no las consideran lo suficiente en el momento de la comercialización.

Recurrir por falta de información en la adquisición de productos financieros

Las prácticas bancarias engañosas y las graves consecuencias para los clientes son una constante en los tribunales. Los damnificados tienen el derecho de recurrir por falta de información e incorrecto asesoramiento. El objetivo es obtener la nulidad del contrato y percibir una indemnización por daños y perjuicios.

Existe una tendencia de la jurisprudencia a beneficiar a los damnificados con una indemnización por daños y perjuicios. En lo relativo a la nulidad por error en el consentimiento, es necesario que se den dos factores básicos:

  • Que sea sustancial y derivado de los actos a los que se obliga.
  • Que el error no sea imputable al que lo padece, no lo haya podido evitar mediante de diligencia de las partes y que haya sido provocado por la confianza en la otra persona (quien lo ofreció).

Existe un dolo cuando se utilizan palabras o maquinaciones que manipulan la voluntad de los clientes. De esta forma, el error es provocado por la otra parte al operar con desinformación y falta de experiencia de la parte damnificada.

Nicolás Marchal González

Una respuesta a “Información de productos financieros: ¿qué pasa si no se produce?

  1. Abrí una cuenta en Renta4 para operar con derivados, opciones call y put sobre S&P500 y Eurostoxx. Básicamente vendía opciones pero también las compraba para reducir riesgo en plan defensivo. En el desplome de marzo/2020, Renta4 amparándose en aquel pánico que realmente duró 4 semanas del 4 de marzo al 4 de abril empezó a exigir unas GARANTÍAS exorbitantes que, pese a disponer yo en mi cuenta de PUTS comprados, hacían aparecer descubiertos enormes en la cuenta y me exigían fondos adicionales para cubrirlos. En el Punto mínimo de caída el S&P500 tocó el nivel 2190 unos momentos y rebotó para situarse alrededor de niveles de 2500 a partir de primeros de abril. Y justo el día 2 de Abril cancelaron unilateralmente mi cuenta con un descubierto de unos 30mil euros (cuando realmente en esos niveles yo estaba ganando más de 30 mil dólares gracias a que tenía comprado un Put 2800 y un Put 2700 que generaban dichos beneficios hasta niveles de 2200. El enorme saldo negativo venía de que por debajo de 2200 tenía yo vendidos unos 8 PUTS que generaban garantías superiores al saldo). El caso es que cancelaron mi cuenta en el peor momento y me dejaron con un negativo de 30 mil que a día de hoy asciende a 33377 euros.

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