
Ya hemos tratado con anterioridad el tema de la figura jurídica del contrato de reconocimiento de deuda, sus requisitos formales y sustantivos, así como la eficacia que proyecta en aquellos casos en que existiendo una deuda frente a un tercero, se asume formalmente su pago. En este artículo vamos a dar un giro práctico a esta materia analizando un modelo de reconocimiento de deuda y explicando cómo se debe utilizar.
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Rellena el siguiente formulario, y un especialista te redactará un documento de reconocimiento de deuda con las condiciones y requisitos específicos de tu caso para que así tenga plena validez legal. Pese a que es un contrato que se puede hacer entre particulares, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de uno de los abogados expertos en contratos que ponemos a vuestra disposición a través de nuestro directorio, especialmente si se trata de abogados especialistas en préstamos.
¿Para qué sirve el reconocimiento de deuda? ¿Es útil?
El reconocimiento de deuda es un acto unilateral por el que el deudor recoge expresa y formalmente la vigencia de una obligación que mantiene con un tercero, acreedor.
Se trata de un acto jurídico, de considerable validez, que supone ventajas tanto para el deudor como para el acreedor, veamos cuales son:
Ventajas para el deudor
- Supondrá la posibilidad de evitar un procedimiento judicial en el que probablemente resultaría condenado en costas, lo cual implicaría abonar no solo los honorarios de su abogado y procurador, sino también los del acreedor que demuestre la certeza de la deuda.
- Puede significar la aplicación de una quita o espera en el pago de la deuda, es decir de beneficiarse de una rebaja en la cuantía o bien de un aplazamiento en el pago, siempre que así lo acepte el acreedor.
- Puede fijar el modo de pago, tomando la iniciativa en este aspecto.
Ventajas para el acreedor
- Supone el reconocimiento de la existencia y cuantía de una deuda. Materia de multitud de procesos judiciales en los que no resulta siempre fácil probar tales conceptos.
- En el caso de elevarse a escritura pública, dicho reconocimiento estará dotado de fuerza ejecutiva, es decir que si el deudor pese a reconocerlo formalmente incumple el pago, se ejecutará directamente sobre su patrimonio sin más requisitos.
- Sirve de prueba sobre el origen de la deuda, siempre que en el documento que lo recoja se exprese la causa de la que procede, así podrá ser un préstamo, una compraventa, un arrendamiento de los que no existe constancia documental. Esta prueba puede traer implícitas otras obligaciones, devolución de objetos, frutos, intereses etc.
- Puede corroborar su conformidad con la cuantía de lo adeudado.
Modelo de documento de reconocimiento de deuda
A continuación te ofrecemos un modelo de reconocimiento de deuda unilateral, que te puede resultar de gran utilidad, sólo tienes que adaptarlo a tu caso concreto.
La diferencia esencial entre el reconocimiento como acto unilateral, cuyo modelo se acompaña, y el contrato de reconocimiento, radica en reconocer la intervención del acreedor aceptando los términos del documento en toda su extensión y de forma fehaciente e inequívoca.
Para ello deberá dejar constancia de su firma en la parte última del contrato, así como en el margen izquierdo de cada una de las que componen en documento, debiendo extenderse por duplicado si son dos las partes intervinientes, o en tantas copias como partes resulten afectadas. Como se puede apreciar en el modelo de reconocimiento de deuda propuesto, solo se reflejaría la firma del deudor.
El hecho de ser un contrato implica la bilateralidad propia de todo negocio jurídico por el que se perfecciona el consentimiento de ambas partes sobre el objeto, cláusulas y causa del contrato.
Es importante en esta materia la firma del acreedor porque supondrá dar por buena la cuantía que se expresa como adeudada.
Cómo utilizar este documento
El reconocimiento de deuda se erige como una prueba imprescindible tanto del importe de la deuda, como de su origen. Tanto si se mantiene como documento privado como si se eleva a escritura pública desplegará eficacia jurídica.
En el caso de mantenerse como documento privado, el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nos señala que tendrá plena fuerza probatoria siempre que no se impugne por parte de quien pudiera resultar perjudicado por él. De modo que si el deudor que lo ha incumplido, reconoce su firma estampada en el documento, en el procedimiento judicial abierto contra él, será casi imposible no resultar condenado judicialmente al pago.
Si se eleva a escritura pública, bastará con acudir a su ejecución ante el órgano judicial competente, lo que supondrá el embargo de los bienes que conformen el patrimonio del deudor.
Si el reconocimiento de deuda se ha obtenido durante la tramitación de un procedimiento judicial previo, como consecuencia de un acuerdo extrajudicial, el paso siguiente será lograr su homologación por parte del órgano juzgador, con lo que le dotará de fuerza ejecutiva.
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Con el reconocimiento de una deuda qué problemas fiscales o.de otra índole puede tener el deudor al reconocerla? Como.se justifica una entrega de dinero, por ejemplo, a Hacienda?
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Me deja dinero ,un hija ,y no sé si podré devolvérselo ,,,,,,entonces me gustaría ,dejar constancia ,de ese digamos préstamo ,y a la hora de heredar ,la herencia ,,junto a su hermana ,,tenerlo en cuenta y recibir esa parte más de herencia ,,eso es posible ,,? Cómo lo puedo hacer ,,? Hay algún modo ,más ,para hacer esto ,?