
Con independencia de si eres español de origen o has adquirido la nacionalidad española posteriormente, hay varios motivos por los que puedes perder la nacionalidad española.
La pérdida de la nacionalidad española viene regulada en el Código Civil y en nuestra Constitución.
Si has perdido la nacionalidad española existe la posibilidad de recuperar la nacionalidad española cumpliendo una serie de requisitos.
Causas de pérdida de la nacionalidad española
La nacionalidad española se perderá en los siguientes supuestos:
- Aquellos que se encuentren emancipados, residan de forma habitual en el extranjero y adquieran voluntariamente otra nacionalidad.
- Personas emancipadas que residan en el extranjero de manera habitual y utilicen exclusivamente durante tres años la nacionalidad que tuvieran antes de la emancipación.
- Españoles que no hayan nacido en nuestro país pero sean españoles por serlo su padre y su madre (nacidos en el extranjero), perderán la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla en el plazo de tres años desde su emancipación.
- Ciudadanos españoles emancipados que hayan adquirido otra nacionalidad, residan habitualmente en el extranjero y renuncien voluntariamente a la nacionalidad española
En los tres primeros supuestos puedes evitar perder la nacionalidad si en el plazo de tres años declaras tu voluntad de conservar tu nacionalidad ante el encargado del Registro Civil.
Adquirir la nacionalidad de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es causa suficiente para perder la nacionalidad española.
Causas de pérdida de la nacionalidad comunes a españoles originarios y no originarios.
Hay varias causas que son comunes tanto a los españoles de origen como a los que la han adquirido posteriormente, siendo estas:
- Que estando emancipado y residiendo en el extranjero de manera habitual se adquiera voluntariamente otra nacionalidad. Si el interesado quiere evitar perder la nacionalidad española puede declarar su voluntad de conservarla en el plazo de tres años ante el encargado del Registro Civil. Haber adquirido la nacionalidad de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es causa suficiente para perder la nacionalidad española.
- Aquellos que residiendo en el extranjero, usen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tenían antes de la emancipación. Al igual que en el caso anterior puedes evitarlo declarando tu voluntad ante el encargado del Registro Civil.
- Quienes renuncien expresamente a la nacionalidad española, teniendo otra nacionalidad y residiendo de forma habitual en un país extranjero.
- Personas residentes en el extranjero que ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero si las leyes del país de residencia les atribuyen la nacionalidad de este. Si el interesado quiere evitar perder la nacionalidad española puede declarar su voluntad de conservarla en el plazo de tres años ante el encargado del Registro Civil.
Causas de pérdida de la nacionalidad a españoles no originarios
Perderán la nacionalidad española los españoles que no sean de origen (aquellos que hayan adquirido la nacionalidad española por residencia, por ejemplo) en los siguientes casos:
- Aquellos que hayan adquirido la nacionalidad española pero utilicen durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hayan renunciado al adquirir la nacionalidad española.
- Cuando se alisten de forma voluntaria al servicio de las armas o ejerzan cargo político alguno en un Estado extranjero contra expresa prohibición del gobierno.
- Por Sentencia judicial que declare que la persona incurrió en delito de fraude, ocultación o falsedad para adquirir la nacionalidad español.
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