
La mayoría de los delitos tienen un plazo para perseguirse. De esta forma, se extingue el derecho de ejercer una acción ante el conocimiento de un hecho punible a causa del transcurso del tiempo. Conviene no confundirlo con la caducidad. Aunque normalmente se utilizan los dos términos de manera intercambiable, a nivel legal se trata de dos conceptos muy diferentes. ¿En qué consiste la prescripción de delitos y cómo funciona? Lo explicamos a continuación.
Qué es la prescripción
La prescripción se regula en el Código Penal y también en el Título XVIII del Código Civil, en los artículos 1.930 y siguientes. Según sus preceptos, a través de la prescripción se adquieren, de la manera y con las condiciones determinadas en la ley, el dominio y demás derechos reales. También se extinguen del propio modo por la prescripción los derechos y las acciones, de cualquier clase que sean. En otras palabras, la prescripción puede ser de diferentes tipos:
- Extintiva o liberatoria. Se da cuando se produce la inacción del acreedor en el plazo determinado por la legislación. Su efecto es impedir que el acreedor del derecho de exigir por vía judicial al deudor el cumplimiento de una determinada obligación.
- Adquisitiva. Se trata de la usucapión. Así, se adquiere la propiedad de un bien y otros derechos derechos reales mediante la posesión continuada de una cosa en concepto de titular durante el tiempo que se señala en la ley, dependiendo de si se trata de bienes muebles o inmuebles.
Además, como se señalaba anteriormente, existen diferencias muy importantes entre la prescripción y la caducidad. Mientras que la caducidad consiste en la extinción de un derecho por el derecho otorgado para su ejercicio, la prescripción es un concepto jurídico a través del cual se consolidan situaciones de hecho por el transcurso del tiempo. Por lo tanto, la prescripción permite tanto la extinción de derechos como la adquisición de cosas ajenas, como en el caso de la usucapión. Por otro lado, en la prescripción los plazos son más largos, contándose por años, y puede llegar a interrumpirse para continuar más tarde. La caducidad, por su parte, no se puede interrumpir.
Qué efectos produce
Una vez transcurrido el plazo de la prescripción determinada para un derecho en concreto, el sujeto pasivo queda facultado para ampararse en la finalización del plazo. Es decir, puede denegar lo que debía hacer. No obstante, no se produce la extinción automática del derecho o de la acción. En lo que se refiere al derecho penal, la prescripción se basa en el principio de que, cuando ha pasado un tiempo razonable desde la comisión de un delito sin que se haya castigado al culpable, la pena ya no puede cumplir sus finalidades de prevención general y especial. Incluso puede llegarse a dar el caso de que la pena sea contraria a la finalidad de reinserción social del delincuente. En este sentido, la prescripción extingue la responsabilidad penal.
Para que la prescripción pueda surtir sus efectos esta tiene que ser alegada, declarada judicialmente y, en el caso de los inmuebles, inscribirse a efectos de publicidad. Además, la prescripción de delitos produce por lo general los siguientes efectos:
- Se extingue la responsabilidad a efectos penales.
- Se consolidan las situaciones de hecho.
- También se adquiere la cosa con todos sus derechos, cargas y limitaciones.
- Opera retroactivamente hasta el momento que comenzó la posesión.
- La prescripción hace que el acreedor pierda el derecho a demandar y de exigir el cumplimiento de la obligación. No obstante, el deudor continúa obligado.
Cuáles son los plazos para que se produzca la prescripción de un delito
Para comenzar a contar el cómputo del tiempo que opera en la prescripción se ha estar al momento inicial de la comisión del delito. La prescripción se interrumpirá cuando el procedimiento se dirija contra la persona que se considera responsable del hecho punible. Durante este periodo el tiempo transcurrido quedará sin efecto en lo que se refiere a prescripción. Para saber el periodo de tiempo de prescripción que corresponde a cada delito hay que consultar el artículo 131 del Código Penal, quedando impuestos estos plazos de la siguiente manera:
- A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.
- A los 15 años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de 15 años.
- Los delitos prescribirán a los diez años cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
- Por otro lado, los demás delitos prescribirán a los cinco años.
- Los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias prescriben al año.
- Asimismo, no prescriben nunca los delitos de lesa humanidad, de genocidio, los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614 del Código Penal. Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.
Plazo de prescripción de delitos fiscales o económicos
La prescripción de los delitos fiscales se regula en el artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Por lo general, se establece un plazo de cuatro años para la prescripción de las infracciones de naturaleza fiscal. Los derechos que prescriben son los siguientes:
- El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
- Aquel derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
- El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
- También el derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
No obstante, el plazo de prescripción se interrumpirá cuando se proceda a investigar delitos fiscales cometidos contra Hacienda o bien cuando la Administración procede a demandar e iniciar un procedimiento judicial. Además, se prevén dos delitos fiscales con otros plazos de prescripción:
- El delito fiscal general. A través de este delito se defrauda una cantidad superior a 120.000 euros. Con carácter general, habitualmente prescribe a los 5 años.
- El delito fiscal agravado. Este delito implica una infracción por un importe superior a los 600.000 euros. En este caso, el plazo de prescripción será de 10 años.
Cabe señalar que, hasta que las deudas con Hacienda prescriban, el deudor está obligado a pagar su importe. Con carácter general, este se irá aumentando en el importe de los intereses de demora.
Plazo prescripción delito de naturaleza sexual
En España el plazo de prescripción en el caso de los delitos de abusos sexuales a menores comienza a contar a partir del momento que alcanzan su mayoría de edad. Atendiendo a la gravedad del caso y a la pena aparejada, esta prescripción podría abarcar desde los cinco a los 15 años posteriores a la comisión del delito. En el caso de los delitos de abusos sexuales habituales el plazo de prescripción varía entre los cinco y los diez años. No obstante, en los últimos años se está solicitando que este tipo de delitos no prescriban, ya que las víctimas suelen ser silenciadas por el temor social.
Prescripción de un hurto
Los delitos de hurto llevan aparejada una pena de multa o de prisión de uno a tres años. Según lo expresado por el artículo 131 del Código Penal, el delito de hurto prescribiría a los cinco años, englobándose dentro del precepto de «demás delitos». No obstante, si es considerado como un delito leve por ser su cuantía inferior a 400 euros, su plazo de prescripción será de un año.