¿Cómo hago para reclamar la devolución del IRPF de la maternidad o paternidad?

Devolución del IRPF de la maternidad o paternidad

El 3 de octubre del año 2018 el Tribunal Supremo en Sentencia de su Sala III, Sección 2da., Sentencia Nº 1462/2018, se manifestó en el sentido de que las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad se consideran incluidas en lo que prevé el párrafo tercero, letra h del artículo 7, de la Ley del Impuesto a la renta de la persona física, comúnmente denominado IRPF.

Las prestaciones públicas por maternidad o paternidad de la Seguridad Social, que perciben los trabajadores en el uso de su licencia por el nacimiento de un hijo, o por una adopción, o una tutela, están totalmente exentas del IRPF. Los contratos de trabajo respectivos quedan en suspenso y se interrumpe la actividad laboral.

Para reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad, deberá iniciarse el trámite mediante un formulario específico, habilitado por Hacienda y al que se puede acceder desde la web de la Agencia Tributaria. También se accede completando el formulario en papel, disponible en cualquiera de las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.

¿Quién puede reclamar la devolución del IRPF por la prestación de maternidad o paternidad?

Los beneficiarios directos de reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad son el padre y la madre. Todos aquellos padres que hayan incluido la prestación por maternidad, o paternidad, en sus declaraciones del IRPF, de los ejercicios 2014, 2015, 2016, 2017, estarán habilitados para solicitar la devolución. Las anteriores al año 2014 ya han prescrito.

¿Qué documentos se necesitan para reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad?

  • DNI
  • Autorización de representación firmada.
  • Declaración del IRPF presentado.
  • Datos fiscales que envía Hacienda con el borrador de la renta.
  • Resolución del INSS concediendo la prestación por maternidad, o paternidad.

¿Hasta cuándo se puede reclamar la devolución del IRPF por la prestación de maternidad o paternidad?

La fecha para reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad prescribe pasados los cuatro años.

¿Cómo se solicita la devolución del IRPF por la prestación de maternidad o paternidad?

Para tramitar la solicitud de devolución del IRPF por maternidad o paternidad, es necesario completar un formulario que está a disposición en la web de la Agencia Tributaria. En este documento, se debe indicar el año o los años en los que se ha recibido la ayuda. También es posible realizar la solicitud completando el formulario, en papel, que se puede conseguir en cualquiera de las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se efectuará la devolución del IRPF de la maternidad o de la paternidad?

Para reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad y hacer efectiva la devolución, deberá proporcionarse un número de cuenta bancaria, que será la destinataria del importe resultante de la devolución del IRPF.

¿Cuánto se puede recuperar?

Hacienda determinará, de acuerdo a los datos aportados en el formulario, el monto que abonará a la persona, si es que así procede. Generalmente, la devolución alcanza a la cuarta parte de los ingresos.

Antes del año 2018, Hacienda consideraba que las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad eran dos tipos de renta no exentas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estas tenían que ser declaradas en el impuesto y cuando se cobraban, estaban sujetas a retenciones.

El artículo 7 de la Ley del IRPF también establece que se encuentras exentas las demás prestaciones públicas por adopción, hijos a cargo y orfandad.

Las conclusiones a las que ha llegado el Tribunal Supremo, indican que lo percibido por maternidad o paternidad de la Seguridad Social, está totalmente exento del IRPF. Por lo tanto, todas las retenciones que se hayan aplicado a personas que recibieron esos ingresos, es ilegal y la Agencia Tributaria tiene la obligación de devolverlas.

Si Hacienda ha denegado la reclamación, no será posible invocar nuevamente a la sentencia del Supremo Tribunal para reabrir el procedimiento, a menos que el proceso siga abierto y tenga recursos en plazos vigentes.

Hacienda se manifiesta de forma contundente y advierte que, si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración de rentas hubiera adquirido firmeza, es decir, si se hubiera denegado, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.

Jurisprudencia para evitar sentencias contradictorias

La sentencia del Supremo Tribunal ha sido absolutamente necesaria después de haber constatado que, en algunos juzgados, se había llegado a sentencias contradictorias. El Supremo llegó a la conclusión de que se trataba de una especie de compensación por perder los ingresos laborales tras el nacimiento de un hijo. Por ello se estableció que esta prestación debe estar exenta de la aplicación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y debe permitirse reclamar el IRPF de la maternidad o paternidad.

Con carácter general, la obligación de hacer la declaración del IRPF, es para rentas que superen los 14.000 euros anuales, si ha habido varios pagadores. En los casos de un solo pagador, el límite está fijado en 22.000 euros anuales.

Nicolás Marchal González
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