
El seguro de renta vitalicia lo podemos encuadrar entre los productos de ahorro para la jubilación, que tiene como fin complementar la pensión de jubilación. Como todo producto de ahorro, tiene sus luces y sus sombras; vamos a ver como es posible reclamar el seguro de renta vitalicia en los casos en que su contratación adolece de algunas irregularidades.
Estos seguros, en ocasiones, suelen comercializarse por entidades financieras o aseguradoras como si se tratara de un depósito a plazo, cuando en realidad se trata de un producto mucho más complejo, con sus riesgos. Y no sé da a los interesados la información precisa para que puedan saber lo que contratan.
Esa falta de información lleva a que se contrate este seguro, pensando que es un depósito, cuando no es así. El consentimiento dado a la contratación de ese producto, estaría viciado de inicio. Y la consecuencia, la posibilidad de iniciar un procedimiento frente a la entidad comercializadora, solicitando la nulidad del contrato, por error o vicio en el consentimiento.
Definición del seguro de renta vitalicia
El seguro de renta vitalicia es un producto de ahorro consistente en hacer al inicio de su contratación una aportación única de capital (prima única). Como consecuencia de ello, el asegurado recibirá una renta periódica vitalicia, mensual,o anual, según la modalidad que elija. El importe de la citada renta será mayor o menor, en función del capital que se hubiera aportado al inicio y de la rentabilidad del propio seguro; suelen tener algunos beneficios fiscales y se puede solicitar que cubra la cobertura de fallecimiento
Distinguimos varias modalidades de seguros de renta vitalicia:
- De rentas inmediatas: el interesado hace el abono de la prima única inicial y empieza a cobrar la renta en los meses siguientes
- De rentas diferidas: el interesado empieza a percibir la renta, en una fecha futura, que se indicará en el contrato.
- Modalidad capital a fallecimiento; en el caso de que el seguro cubra la cobertura de fallecimiento, se deja una cantidad que percibirían los herederos,
- Modalidad reversión de la renta: al fallecer el asegurado, el beneficiario designado recibiría la misma renta que el asegurado o un porcentaje de la misma.
¿Quién hereda una renta vitalicia? ¿entra en la masa hereditaria?
La realidad es que la renta vitalicia no se hereda; en el caso de que el seguro de renta vitalicia cubra la contingencia del fallecimiento, quienes tendrían derecho a percibir las correspondientes cantidades serían el o los herederos designados en la póliza como beneficiarios. El dinero que van a percibir tiene su causa en el fallecimiento del asegurado, nunca esas cantidades han formado parte del patrimonio del mismo; por ello, son unos importes que no se incluyen en la masa hereditaria.
Sin perjuicio de lo manifestado, debemos señalar una excepción, recogida en el artículo 84 dela Ley de Contrato de Seguro, según el cual, si en el momento del fallecimiento no hubiere beneficiario concretamente designado ni reglas pata su determinación. el capital va a formar parte del patrimonio del tenedor (generalmente el causante de la herencia). En este caso, al entrar las cantidades a percibir del seguro en el patrimonio del causante, si se incluirían en el inventario del fallecido.
Los seguros de renta vitalicia y sus problemas.
Es necesario conocer algunas de las desventajas de este seguro:
- Posibilidad de no rescatar todo el dinero: en aquellos casos en los que, por el tipo de seguro, esté previsto el rescate, puede que el interesado no recupere todo el dinero. con la consecuente pérdida patrimonial si la cartera en la que se ha invertido el capital desembolsado al inicio no ha ido bien.
- Es un producto con intereses limitados. ello porque la seguridad prima sobre la rentabilidad.
- No es un producto cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos; en caso de quiebra de la entidad aseguradora con quien se hubiera contratado el producto, sería el Consorcio de Compensación de Seguros a quien correspondería reintegrar el dinero a los afectados, que podrían quedarse sin nada.
- ¿Cómo puede ayudarte un abogado - 22 marzo, 2023
- Los mejores abogados especialistas enla Ley de la Segunda Oportunidad - 1 junio, 2022
- Los mejores abogados especialistas en derecho bancario - 1 junio, 2022
Mi pareja tenia un contrato de renta vitalicia con Caixa Bank. Le acompañe cuando realizó ese contrato y he tenido la póliza en mi mano varias veces. Ha fallecido hace unos meses , actualmente no la encuentro y al dirigirme a la entidad bancaria, no me han dado ninguna explicación y me han atendido de manera poco amable y sin transparencia. Me da la impresión de que me ocultan algo. Que puedo hacer y que procedimientos tengo que seguir para saber que paso con esos contratos? Le agradecería que me orientara. Muchas gracias. Marian
Para este tipo de consultas especializadas, recomendamos acudir a los servicios de alguno de nuestros abogados especializados: https://iurisnow.com/es/abogados/contratos-prestamos-bancario/