¿Para qué sirve registrar las patentes y cómo se hace?

¿Para qué sirve registrar las patentes y cómo se hace?

El registro de patentes es una medida de protección de las invenciones que implican una innovación no conocida hasta el momento de la solicitud de registro y siendo un avance en la técnica a los ojos de un experto. Las patentes proporcionan, una vez aprobadas derechos exclusivos al inventor por un plazo de 20 años.

Junto con las patentes también son susceptibles de registro los denominados modelos de utilidad cuando la invención proporciona una utilidad nueva a un objeto; y los  diseños industriales, relativos a la apariencia de los objetos. En estos últimos casos el plazo de protección es de 10 años.

Requisitos para registrar una patente

De lo anterior resulta que son requisitos de patentabilidad:

  • La existencia de una invención.
  • Que sea nueva.
  • Que sea desconocida.
  • Que suponga un avance en el estado de la técnica.
  • Que sea susceptible de aplicación industrial.

Con carácter previo a la presentación de una solicitud de patente suele realizarse un informe de patentabilidad que incluye una memoria descriptiva con dibujos ilustrativos y las reivindicaciones. El informe facilita tanto la decisión sobre patentar o no, como la presentación de la solicitud y documentación correspondiente, en su caso.

Además, es importante concienciarse de que los derechos que concede una patente han de ser defendidos por su titular ante los tribunales, si fuere necesario.

Pasos para registrar patentes

El registro de patente comienza por una solicitud que ha de presentarse ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) en la que el solicitante debe hacer constar:

  • La instancia o modelo.
  • El justificante de abono de las tasas correspondientes.
  • Una descripción de la invención.
  • Las reivindicaciones.
  • El resumen (obligatorio para patentes, pero no para modelos de utilidad), cuya misión es proporcionar una información breve que permita la comprensión de la solución aportada al problema técnico planteado.

Los dibujos (obligatorios para los modelos de utilidad) sólo han de aportarse con la solicitud de patente cuando resulten necesarios para su explicación.

También es posible la presentación de la solicitud de forma telemática, en las oficinas de correos o ante cualquier órgano administrativo. En caso de error por parte del solicitante, la OEPM le sujerirá la conveniencia de cambiar de modalidad.

Es importante conocer que la protección de una patente en España puede proceder también de la tramitación ante la Oficina Europea de Patentes (EPO) por aplicación del Convenio de la Patente Europea, así como de la tramitación en otro Estado firmante del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), que unifica que unifica la tramitación de la protección en una solicitud.

Existen dos posibles procedimientos ante la OEPM, el procedimiento con examen previo y el general de concesión. En los dos casos la OEPM elabora, tras examinar la solicitud, un informe sobre el estado de la técnica y publica la solicitud. Posteriormente, se examina el fondo concediéndose o denegándose la patente. La tramitación dura entre 2 y 3 años.

También es posible un procedimiento acelerado, si se cumplen determinados requisitos. En este caso los plazos de reducen al año aproximadamente. En cualquier caso, la concesión de patente es susceptible de oposición por parte de terceros y de recursos.

¿Cuánto cuesta registrar una patente?

Las patentes exigen tanto tasas de registro como tasas anuales de mantenimiento. Los importes de las tasas se actualizan anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Además, existen tablas generales y tablas para pymes y personas físicas y para Universidades. Recogemos algunas tasas de las tablas generales.

  • La solicitud de demanda de depósito de patente o modelo de utilidad cuesta 85,32 € o 100,38 € según que se realice o no con pago electrónico.
  • La solicitud de informe sobre el estado de la técnica (IET), 581,95 € o 684,65 €, en los mismos casos anteriores.
  • La solicitud de examen sustantivo 331,30 € o 389,77 €, siguiendo la misma distinción.
  • La solicitud de resolución urgente de un expediente 40,28 € o 47,39 €.
  • 16,70 € o 19,65 € por cada prioridad reivindicada en materia de patentes y modelos de utilidad.

Las tasas de mantenimiento van desde los 18,48 € sin recargo por la tercera anualidad a los 490 por la vigésima. Se contemplan también recargos del 25 y del 50 % y tasas específicas en caso de regularización.

Beneficios del registro de patentes

Registrar una patente concede al inventor o titular la protección registral en España, sin perjuicio de que puedan tramitarse también patentes europeas o internacionales. Esto supone no sólo la posibilidad de explotación exclusiva durante 20 años, sino también, la posibilidad de vender los derechos sobre la patente o modelo de utilidad, licenciarlos o cederlos de cualquier otra forma beneficiándose de los ingresos pactados.

Conviene recordar que los conflictos de usos de patentes forman parte de los problemas legales de las empresas más extendidos. Los modelos de utilidad protegen invenciones mecánicas o mejoras menores sobre productos existentes.

Además, el titular de una patente (aunque no de un modelo de utilidad) en vigor puede proteger otras invenciones que desarrollen o perfeccionen la invención principal solicitando adiciones a la patente. Éstas tendrán la misma duración que la principal y no están sujetas a tasas de mantenimiento anual.

¿Qué problemas legales puedo tener relacionado con el la propiedad industrial o intelectual?

Buscador de patentes

La OEPM ofrece diversos tipos de buscadores relacionados con las patentes y modelos de utilidad. Siendo conveniente realizar búsquedas antes de decidirse a tramitar el registro de una patente o modelo de utilidad.

Las búsquedas pueden realizarse según diferentes criterios, por solicitantes, familia de patentes, sectores técnicos, palabras clave, número de documento, o número de prioridad, entre otros.

Además existen publicaciones específicas como el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (B.O.P.I), los Boletines de Vigilancia Tecnológica o servicio de pago como los de Información Tecnológica.

Nicolás Marchal González

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