¿Cómo puedo adquirir la residencia por matrimonio en España?

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Si te has casado con un ciudadano español bien en el extranjero o en nuestro país te detallamos los pasos para solicitar la residencia por matrimonio en España.

Celebración del matrimonio

Celebración del matrimonio en España (español/extranjero)

Cuando un ciudadano español y otro ciudadano extranjero (legal o en situación irregular)  quieren contraer matrimonio en España ha de tramitarse  previamente un expediente ante el Registro Civil del lugar de residencia.

El objetivo es comprobar que ambos contrayentes tienen capacidad para la celebración del matrimonio y que el consentimiento no está viciado.

Han de presentarse una serie de documentos tanto por parte del cónyuge español  como por parte del extranjero.

El cónyuge español deberá aportar:

  • Partida de nacimiento
  • Certificado de empadronamiento.
  • DNI o pasaporte en vigor.
  • Fe de vida y estado.
  • Si está divorciado, Testimonio de la Sentencia de Divorcio o bien Certificado de matrimonio con anotación del divorcio.

Por su parte, el ciudadano extranjero tendrá que adjuntar:

  • Partida literal de nacimiento.
  • NIE o pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Un certificado emitido por el consulado de su país de origen que acredite que cuenta con capacidad para contraer matrimonio.
  • Asimismo se debe aportar certificado que acredite el estado civil del cónyuge extranjero.
  • Inscripción consular
  • Por último un certificado emitido por el Consulado  de su país en cuanto a la necesidad de publicación de edictos.

Importante: los documentos públicos extranjeros que se presenten ante la Administración española deberán ser documentos originales o copia certificada por el organismo emisor. Además de estar traducidos al castellano deberán ser previamente legalizados o rubricados con la Apostilla de la Haya en el caso de los Estados parte del Convenio de la Haya de 1961 (salvo que exista Convenio estableciendo exención).

Una vez recopilada la anterior documentación, deberá ser presentada en el Registro Civil donde rellenarán unos formularios y se les citará para la celebración de  una audiencia reservada (en la que se les formularán unas preguntas) así como otra cita a la que habrán de comparecer unos testigos para el mismo trámite.

Una vez finalizado el expediente y celebrado el matrimonio, el cónyuge extranjero se convierte en familiar de ciudadano comunitario y por ende, con derecho a residencia en nuestro país en régimen comunitario.

Celebración del matrimonio en el extranjero (español/extranjero)

Si un ciudadano español contrae matrimonio con un extranjero en el extranjero, ha de inscribirlo en el Registro Civil español si quiere que su matrimonio sea válido en España.

La gestión se realiza en el Registro Civil Consular, siendo el procedimiento bastante similar al llevado a cabo en el Registro Civil Español para matrimonios realizados en España entre español y extranjero.

La inscripción en el Registro Civil de nuestro país es necesaria  para solicitar la residencia por matrimonio en España

Celebración del matrimonio en el extranjero (ciudadano comunitario (no español)/ extranjero)

La celebración de un matrimonio en el extranjero entre un extranjero y un ciudadano comunitario no español, al tratarse de un acontecimiento no ocurrido en España ni afectar a un ciudadano español no tiene acceso al Registro Civil Español.

Para que este matrimonio sea válido en España, tendremos que estudiar, en cada caso, si las leyes del país del cónyuge comunitario obligan a la inscripción del matrimonio para su validez.

Deberá aportarse, si el país exige la inscripción, certificado de matrimonio del país del ciudadano comunitario, o en caso contrario, certificado de matrimonio del país del ciudadano extranjero o del país de celebración de la unión.

Inscripción del matrimonio en el consulado

Para inscribir tu matrimonio en el consulado deberás recopilar la siguiente documentación:

  • Formulario de inscripción debidamente cumplimentado.
  • Acta del matrimonio, ya se haya contraído de forma civil o canónica.
  • Si has realizado capitulaciones matrimoniales también deberás adjuntar la escritura.
  • Una foto de cada uno de los cónyuges, 2×2 en fondo claro.

Además el cónyuge español habrá de aportar:

  • Pasaporte español en vigor.
  • Acta de nacimiento literal.
  • Certificado de fe de vida y estado

Por su parte, el cónyuge extranjero tendrá que adjuntar:

  • Su acta de nacimiento.
  • Pasaporte.
  • Declaración jurada de estado civil anterior.
  • Si fueras viudo, tendrás que aportar acta de defunción mientras que si tu situación anterior era divorciado tienes que adjuntar certificado de dicho matrimonio con nota marginal de la sentencia de divorcio.

Inscripción del matrimonio en el Registro Civil

Si has celebrado tu matrimonio en el extranjero y tú o tu cónyuge sois españoles y os habéis trasladado a España, has de solicitar la inscripción en el Registro Civil.

Dependiendo de la celebración del tipo de matrimonio, tendrás que adjuntar diferente documentación.

Si has celebrado matrimonio canónico, te exigirán:

  • Certificado eclesiástico.
  • Partida literal de nacimiento del cónyuge español.
  • Certificado de nacimiento literal del cónyuge extranjero.
  • DNI del ciudadano español.
  • Domicilio en España.

En caso de haber celebrado matrimonio civil, has de adjuntar:

  • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil extranjero.
  • Partida literal de nacimiento del cónyuge español.
  • Certificado de nacimiento literal del cónyuge extranjero.
  • DNI del ciudadano español.
  • Domicilio en España.

Tanto para la inscripción del matrimonio ante el Consulado como ante el Registro Civil has de tener en cuenta que los documentos públicos extranjeros que se presenten ante la Administración española deberán ser documentos originales o copia certificada por el organismo emisor.

Además de estar traducidos al castellano deberán ser previamente legalizados o rubricados con la Apostilla de la Haya en el caso de los Estados parte del Convenio de la Haya de 1961 (salvo que exista Convenio estableciendo exención).

¿Cómo solicitar la tarjeta de residencia por matrimonio comunitaria?

Una vez inscrito el matrimonio en el Registro Civil ya puedes proceder a solicitar la residencia por matrimonio en España.

Deberás acudir a la Oficina de Extranjería de tu lugar de residencia y adjuntar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud cumplimentado.
  • Pasaporte en  vigor.
  • Tres fotos.
  • DNI del ciudadano español.
  • Certificado de matrimonio.
  • El certificado de empadronamiento de ambos.
  • Tarjeta Seguridad social del cónyuge español.
  • Por último, debes acreditar medios económicos.

¿Qué derechos otorga la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario?

Principalmente la residencia por matrimonio en España otorga los derechos dispuestos en el Real Decreto nº 240/2007, de 16 de febrero,  por lo que pueden salir, entrar, residir y circular por nuestro país, así como acceder a actividades, tanto por cuenta propia como ajena, prestación de servicios o estudios en las mismas condiciones que un ciudadano español.

Cristina Cuadrado
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