
Los swaps o permutas financieras son un producto financiero complejo que durante un período de tiempo fue bastante comercializado por los Bancos a personas no expertas en esta materia, y sin darles toda la información precisa para que pudieran saber el alcance de lo que estaban contratando
En este artículo se analizará el concepto de los clips o swaps hipotecarios, que son uno de los tipos de estas permutas, y unas breves pinceladas de lo que se necesita conocer sobre ellos.
¿Qué son los swaps sobre las hipotecas?
El swap hipotecario es un contrato, siempre ligado a un préstamo con garantía hipotecaria a tipo variable, referenciado al euribor Se firma junto con la hipoteca, pero en un documento independiente a la escritura de préstamo hipotecario.También se le conoce con el nombre de clip; Por dicho contrato, el hipotecado (quien paga el préstamo), se asegura el pagar un interés fijo máximo, durante un período de tiempo. Cuando el euribor llega a superar al tipo de referencia pactado, la entidad financiera abonará la diferencia. Por el contrario, si el euribor llegara a estar por debajo del tipo de referencia pactado, será el hipotecado quien tendrá que pagar esa diferencia al Banco.
¿Por qué son productos complejos no aptos para todos? Términos y condiciones
Los swaps se pueden encuadrar entre los productos financieros denominados «derivados». Y todos estos derivados, tienen un funcionamiento tan complicado que es necesario el tener formación económica y financiera especializada para poder entender ese funcionamiento y sus consecuencias, a veces no favorables para quienes los contrata.
Este tipo de swap, en sus propios términos, debe de funcionar como una cobertura contra subidas de tipo de interés; en la realidad, lo sucedido es que quienes los contrataron no llegaron a beneficiarse de dicha cobertura.
¿Cuál es el coste?
Los Bancos comercializaron estos swaps hipotecarios con mucha frecuencia en los años 2006 y siguientes. Sobretodo a consumidores que acudían a las entidades crediticias solicitando un préstamo; personas que, lo habitual, es que no tuvieran ningún tipo de formación financiera. Y ese ofrecimiento de los swaps, se hizo dejando de lado, por parte de las entidades, su obligación, acorde con las buenas prácticas bancarias, de dar la información correcta y completa del producto que se contrata.
Los vendían, junto a las hipotecas, como un seguro que les protegía frente a la subida del euribor, sin más explicaciones. Les daban el nombre de «seguros de cobertura», «bono clip» o «cuota segura».
No era lo habitual que se les informara de la «cara B» del producto: el coste que ese swap tiene para el cliente cuando el tipo del euribor desciende por debajo del pactado y que se traduce en que el hipotecante tiene que pagar la diferencia al Banco entre el tipo de referencia pactado y el nuevo tipo al que descendió el euribor. Cuando se comenzaron a comercializar, las entidades financieras ya sabían de las bajadas del euribor; la consecuencia es que el contratante del swap iba a salir siempre perdiendo
¿Por qué se popularizaron tanto?
Su popularidad pudo tener su origen en esa comercialización masiva de este tipo de productos, cuando las entidades ya tenían información de la bajada del euribor; información que no se dio ni podían disponer de ella quienes contrataron el supuesto «seguro». En períodos anteriores, aunque su contratación ya se preveía en la Ley del Mercado de Valores, los Bancos no los ofrecían a sus clientes.
Otro punto de inflexión en su popularidad pudo ser el inicio de la presentación de reclamaciones judiciales frente a los Bancos para declaración de la nulidad de dichos contratos, con sus consecuentes efectos. Probablemente las personas que tenían un swap ni siquiera lo supieran o no entendieran que era eso. Fueron uno de los primeros caballos de batalla en las reclamaciones de los consumidores frente a la Banca.
Sentencias favorables para los afectados por los swaps en las hipotecas
Son muchas las reclamaciones judiciales emprendidas por los afectados para librarse de estos swaps; y numerosas las sentencias en las que se ha dado la razón a los afectados y se han anulado esos contratos por la negligencia y falta de transparencia a la hora de su comercialización por parte de los Bancos. Uno de los más perjudicados, en este sentido, ha sido la entidad Bankinter, con muchas sentencias en contra.
Y con relación a Bankinter, es de reciente actualidad la admisión a tramite por parte del Tribunal Supremo de una demanda colectiva para declarar la nulidad de los swaps hipotecarios de esta entidad; lo ha hecho por auto de fecha 22 de enero de 2020. El objetivo de la demanda, que puede beneficiar a miles de afectados, tiene como fin expulsar del mercado estas cláusulas y pedir la devolución de las cantidades abonadas por este seguro.
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