Contratar abogado
CONTRATAR UN ABOGADO EN ESPAÑA
Cuando una persona se encuentra con un problema de índole jurídica, complejos en la mayoría de los casos, y requiere los servicios de un abogado especializado, a la hora de seleccionarlo y contratar sus servicios se enfrenta a una serie de interrogantes, los cuales se intentarán resolver a lo largo del presente artículo.
¿CUÁNDO CONTRATAR UN ABOGADO?
En muchas ocasiones, las contrataciones de abogados se realizan cuando los asuntos ya están judicializados y se reciben las citaciones para comparecer ante el órgano judicial, siendo necesaria la asistencia de abogado.
Que la asistencia de abogado sea necesaria para actuaciones ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los órganos judiciales no quiere decir que previamente a ello el cliente no pueda asesorarse y contratar los servicios de un abogado especializado, lo que en muchos casos podrá evitar incluso la judicialización del asunto.
La “contratación preventiva” de un abogado ante un problema jurídico que pudiera derivar en un procedimiento judicial es siempre aconsejable, pues con ello se reducen perjuicios y costes para todos los intervinientes.
Este tipo de actuaciones preventivas suelen darse entre personas jurídicas, siendo una práctica que debiera extenderse también entre las personas físicas, pues evitaría la judicialización de asuntos que pueden resolverse extrajudicialmente.
Por ello, se recomienda la contratación de un abogado lo antes posible, en cuanto se tenga conocimiento de un potencial problema jurídico que pudiera desembocar en un procedimiento judicial, o incluso para saber cómo actuar ante un determinado caso conforme a la Ley.
¿CÓMO CONTRATAR UN ABOGADO?
La contratación de un abogado es muy sencilla, ya que consiste simplemente en solicitar una consulta con el profesional seleccionado y firmar una “hoja de encargo profesional” u otra modalidad de contrato de prestación de servicios. Lo difícil suele ser la selección del abogado.
En el sector de la abogacía los clientes suelen contratar a los profesionales por recomendaciones de otros clientes, basándose en la experiencia de estos para determinar su elección.
Esa forma de seleccionar a los profesionales funciona, siempre y cuando, haya una recomendación por parte de un tercero, pero si no existe esa recomendación y no conoce a nadie que haya contratado a un abogado especializado en la defensa de un asunto de la naturaleza del suyo, debe recurrir a otras vías para efectuar la selección del abogado.
Actualmente, a través de internet y las redes sociales puede encontrar numerosa publicidad de abogados, pudiendo contrastar los servicios ofertados con los comentarios que los clientes de estos profesionales han realizado, por ejemplo en Google my business o en redes sociales.
A esa selección ayudan las páginas web dedicadas a la captación de clientes para abogados, pues, al plantearles su caso, podrán proporcionarle el contacto de abogados especializados en la defensa de asuntos como el suyo.
¿CUÁNTO COBRA UN ABOGADO?
Debemos comenzar por señalar que la abogacía es una profesión liberal, existiendo plena libertad a la hora de fijar los honorarios por parte del letrado.
Por tanto, cada abogado podrá establecer sus propios honorarios, siendo normal que cuando se consulta a varios profesionales, los precios que se facilitan al potencial cliente por su actuación difieran, en algunos casos notoriamente.
La actuación correcta por parte del abogado es fijar los honorarios que cobrará al cliente por su actuación desde un primer momento, elaborando una hoja de encargo en la que se describirán las actuaciones que llevará a cabo y los honorarios que cobrará por las mismas, pudiendo dividir esas actuaciones, por ejemplo, en base a las fases del procedimiento judicial. De esa forma el cliente podrá valorar si contrata los servicios del abogado o no y, si firma esa hoja de encargo, significará que acepta el pago de esos honorarios, debiendo abonarlos cuando proceda.
En el caso de que el abogado no fije con el cliente los honorarios que cobrará desde el primer momento, pueden surgir conflictos con el cliente que deriven en que el cliente no pague al abogado y éste reclame sus honorarios judicialmente a través de un procedimiento de “jura de cuentas”. En ese caso, si los honorarios del abogado se impugnan por el cliente (por indebidos o por excesivos), será el colegio de abogados que corresponda el que emita un informe sobre la pertinencia o no de los honorarios solicitados por el letrado.
Sin perjuicio de lo establecido, existen criterios orientadores emitidos por los colegios de abogados en los que se fijan reglas para determinar el importe de los honorarios de los letrados, si bien la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia vetó, y en algunos casos sancionó, a los colegios por esta práctica, por lo que esos criterios se publicaron hace varios años, sin que por tanto los honorarios que recogen estén actualizados.
Normalmente, una primera consulta presencial con un abogado suele rondar los 60 € más IVA, siendo recomendable acudir con toda la información y documentación de su caso, para que sea analizada por el profesional. En esta consulta se resuelven las dudas planteadas al letrado y se incluye un informe jurídico por parte del letrado en el que se explican la estrategia legal y los pasos a seguir.