La violencia nunca es la solución. Nos lo han enseñado durante toda nuestra vida. Sin embargo, es a lo que recurrimos cuando la razón falla. El uso de la fuerza se configura como uno de los instintos más primitivos del ser humano. Por ello, el Código Penal protege especialmente la integridad física y mental de las personas ante los ataques de un tercero. Estos ataques pueden ser de cualquier tipo, siempre que se menoscabe la salud de un individuo, como veremos a continuación.
Además, la pena que conlleva la comisión de un delito de lesiones está directamente relacionada con el daño que se le ha causado a la víctima. Es decir, cuanto más grave es el daño, mayor será la pena. También se ha de tener en cuenta que si la gravedad de la lesión es tal que conduce a la muerte de la víctima, el delito cometido ya no será de lesiones, sino de homicidio o incluso asesinato, según proceda. Descubre cómo funciona el delito de lesiones y la indemnización que te corresponde si has sido víctima de este tipo penal.
¿En qué consiste el delito de lesiones?
Las lesiones aparecen recogidas en el Título III del Código Penal, en los artículos 147 a 156. Se trata de un delito contra las personas. El delito básico de lesiones se produce cuando alguien causa a otro una lesión que menoscaba su integridad corporal o su salud, ya sea física o mental. Este daño se puede causar por cualquier medio o procedimiento. También se recoge dentro de este tipo penal la acción de golpear o maltratar de obra a un tercero sin causarle lesión alguna. Asimismo, la lesión ha de requerir objetivamente para su curación una primera asistencia facultativa y después un tratamiento médico o quirúrgico. Por otro lado, la simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considera tratamiento médico a efectos del delito de lesiones contemplado en el Código Penal.
La lesión no tiene por qué ser física o corporal. Basta con que se menoscabe la salud de la persona. Por lo tanto, podrían encuadrarse dentro del delito de lesiones hechos como la utilización de tortura psicológica o el contagio de enfermedades. En lo que se refiere a la conducta del culpable, esta puede ser dolosa o imprudente, aplicándose penas diferentes en cada caso. Una lesión se producirá con dolo cuando el agresor tenga la intención de provocar un daño. Por ejemplo, es el caso de una persona que le pega un puñetazo en la cara a otra persona en la calle. Existe una lesión imprudente cuando el agresor no tiene intención de causar una lesión, como en el supuesto de que resbalemos con el suelo recién fregado en un centro comercial sin que esté debidamente señalizado.
Diferencia entre el delito leve de lesiones y el delito grave de lesiones
Existen multitud de tipos de lesiones. Pueden consistir en un simple golpe en la cara o un daño que conlleve la pérdida de un órgano. Todas ellas se recogen en el Código Penal. No obstante, existen varios preceptos en función de la gravedad de la lesión, para regular cada una de ellas por separado en relación a las consecuencias que acarrean. Por eso además del tipo básico anteriormente descrito, se establece el delito leve de lesiones y el delito grave de lesiones, como se explica a continuación.
El delito leve de lesiones
Con la reforma del Código Penal de 2015 se suprimían las faltas y, con ellas, la falta de lesiones. Esta ha pasado a regularse como el delito leve de lesiones, que se producirá cuando no se requiera una primera asistencia facultativa y, de haberse necesitado, cuando no se precise tratamiento médico o quirúrgico posterior. El delito leve de lesiones solo será perseguible mediante la denuncia de la persona agredida o de su representante legal, tal y como señala el artículo 147.2 del Código Penal.
El delito grave de lesiones
Por su parte, el delito grave de lesiones se produce cuando la lesión es más peligrosa o cuando el agresor ha puesto los medios oportunos para asegurarse la comisión del delito. El tipo agravado del delito de lesiones se recoge en los artículos 148 y siguientes del Código Penal. Aquí se regulan los siguientes supuestos:
- Cuando la agresión se ejecute a través del empleo de armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
- Si el culpable ha actuado con ensañamiento o alevosía.
- Cuando la víctima es menor de 12 años o se trata de una persona con discapacidad necesitada de especial protección.
- Cuando la persona agredida sea o haya sido la esposa del agresor, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
- Si la víctima es una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
- Aquellos casos en los que se produzca la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica por cualquier medio o procedimiento.
- Los supuestos de mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones.
- Cuando el agresor provoque la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal, o una deformidad.
¿Cuándo prescribe un delito de lesiones?
Cuando prescribe un delito la consecuencia directa que se produce es que se extingue la responsabilidad penal. Lo mismo ocurre en el delito de lesiones. La prescripción aparece recogida en el artículo 131 del Código Penal. En este precepto se regula el periodo de tiempo que tiene que transcurrir para que prescriba cada delito. Para saber cuándo prescribe un delito de lesiones tenemos que atender a la pena que conlleve. La peculiaridad del delito de lesiones es que lleva aplicada una sanción muy diferente en función del daño provocado. En este caso en particular el castigo puede ir desde una mera multa o tres meses de prisión a 12 años de cárcel. Por tanto, en el supuesto del delito de lesiones serían de aplicación las siguientes disposiciones:
- Cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de 15 años, los delitos de lesiones prescribirán a los 15 años.
- Si la pena máxima señalada por la ley es prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez el delito de lesión prescribirá a los diez años.
- Los demás delitos prescribirán a los cinco años.
- Asimismo, los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias prescriben al año.
La prescripción de un delito se empieza a contar desde el día en que se haya producido el hecho delictivo o desde el día que cesó la conducta punible. No obstante, si la víctima fuera un menor de edad el plazo empieza a contar desde el día que la víctima cumple la mayoría de edad.
Indemnización típica por un delito de lesiones
Cuando una persona causa a otra un daño penado por el delito de lesiones, el agresor condenado tiene que indemnizar a la víctima. Esta indemnización se calcula una vez que el médico forense haya examinado al lesionado y presente un informe de reconocimiento oportuno. Aquí se valoran los daños y los perjuicios causados, así como la gravedad de la lesión, las secuelas y las consecuencias, entre otros aspectos. Todo ello se refleja en la indemnización fijada en la sentencia que emita el órgano judicial.
Para valorar económicamente la indemnización se utiliza como referente la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Esto es, se utilizan como guía las tablas fijadas para calcular la indemnización correspondiente en los accidentes de tráfico. Si crees que mereces una indemnización, no lo dudes y contrata a un abogado experto en indemizaciones por lesiones para maximizar tus posibilidades de éxito.
En esta normativa se valora la indemnización que corresponde a las lesiones temporales y a las lesiones permanentes o secuelas, es decir, cuando se provoca una discapacidad. Además, si la lesión requiere la hospitalización de la víctima se le otorgará por cada día de ingreso una indemnización determinada que se indica en la tabla del año en curso publicada en el BOE. Por otro lado, también se cubren los días de baja laboral como una incapacidad temporal. Esto ocurre cuando la lesión nos impide realizar nuestro trabajo en condiciones normales. Otros aspectos que se tienen en cuenta a la hora de calcular la indemnización es el perjuicio personal básico, el perjuicio personal particular y si se han producido cicatrices, así como su tamaño y el lugar del cuerpo donde se encuentran.
El concepto de tratamiento médico o quirúrgico
El elemento que diferencia un delito leve de lesiones de un delito menos grave de lesiones, con las consecuencias que ello implica, sobre todo la pena de prisión que lleva aparejada este último, es la existencia o no de tratamiento médico o quirúrgico posterior a la primera asistencia facultativa.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo define el tratamiento médico como la planificación de un sistema de curación o de un esquema médico prescrito por un titulado en medicina con finalidad curativa; y el tratamiento quirúrgico como aquel que, por medio de la cirugía, tiene la finalidad de curar una enfermedad a través de operaciones de esta naturaleza, cualquiera que sea su importancia: cirugía mayor o menor (STS 518/2016, de 15 de junio).
Las notas relevantes para determinar la existencia de tratamiento médico o quirúrgico son las siguientes (STS 739/2021, de 30 de septiembre):
- Debe ser prescrito por un médico.
- Debe ser objetivamente necesario para la curación de las lesiones, excluyéndose el tratamiento farmacológico meramente paliativo o preventivo.
- Es irrelevante si el tratamiento prescrito se siguió o no por el lesionado.
- Es irrelevante también si el tratamiento prescrito se ejecutó por médicos o por otros profesionales.
Circunstancias agravantes
El delito de lesiones se castiga con pena de prisión de 2 a 5 años si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
- Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
- Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
- Si la víctima fuere menor de catorce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
- Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
- Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Las penas por la comisión de un delito grave de lesiones pueden alcanzar los 12 años de prisión cuando el perjuicio causado a la víctima sea muy grave, como la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, la esterilidad, la impotencia, la grave deformidad, etc.
La importancia de contar con un abogado experto
El abogado que dirija la defensa en un procedimiento penal seguido por un delito lesiones conocerá perfectamente los elementos constitutivos de este delito, así como las circunstancias agravantes específicas que afectan al mismo y el desarrollo doctrinal y jurisprudencial de dichos elementos, todo lo cual resulta esencial para poder ejercer la mejor defensa de los intereses de su cliente en el procedimiento.
